Eréndira Cruz, consejera Jurídica de la Ciudad de México, explicó que la lista de deudores alimentarios en la Ciudad de México que dio a conocer el gobierno capitalino, la cual cuenta con un listado de 1,547 morosos, forma parte de una acción obligada y responsable que exige la Ley General para niños, niñas y adolescentes para garantizar los derechos de los menores de edad.
En entrevista para el programa de “Sergio Sarmiento y Lupita Juárez”, de El Heraldo Radio, que se transmite mediante la señal de El Heraldo Media Group, Eréndira Cruz explicó que la obligación del Gobierno de la Ciudad de México es generar la facilidad y el acceso a la información.
La Ley General para niños, niñas y adolescentes establece esta posibilidad de que las mamás tengan su derecho pleno de garantía en términos de las necesidades básicas de las infancias”, dijo la consejera Jurídica de la Ciudad de México.
Consejera Jurídica de CDMX destaca relevancia de juzgadores con enfoque de género
Consideró muy necesario que los juzgadores tengan una perspectiva de género para que se apoye a que este tipo de necesidades que las mamás tienen sean justiciables y exigibles, por lo que señaló la importancia de que se haya hecho pública este listado de 1,547 deudores alimentarios.
“Todo el sistema de impartición de justicia funciona como un reloj, todas las partes tienen que funcionar para que pueda realmente atenderse a las infancias y se pueda dar justicia a los niños, a las niñas y adolescentes, pues los derechos no deben de ser soslayados ni se tienen que suplicar. Los derechos son obligados y deberíamos de generar este tipo de procesos”, mencionó.
Eréndira Cruz destacó la importancia de que las mamás sepan que no están solas y que justamente estos mecanismos son muy importantes para poder generar certeza jurídica para los niños.
Eréndira Cruz aclara que sanción a franeleros es por una falta administrativa y no delito penal
Sobre la sanción que aplicará el Gobierno de la Ciudad de México a los franeleros (personas que apartan lugares en la vía pública para estacionamiento), la consejera Jurídica capitalina aclaró que no serán encarcelados, ya que su actividad no constituye un delito penal, sino una falta administrativa contemplada en el ámbito de la justicia cívica.
Explicó que la Ley de Cultura Cívica establece 65 tipos de sanciones administrativas para diversas conductas, como tirar basura o bloquear el espacio público, entre otras y una de ellas es apartar lugares en la vía pública, lo que se considera una infracción por obstrucción del espacio público.
La consejera jurídica capitalina destacó que la sanción es equiparable a la que se impone a quienes no respetan el programa “Conduce sin alcohol”, en el que las personas son arrestadas hasta por 36 horas como parte de una sanción administrativa.
Cortesía de El Heraldo de México.
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