La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le dio la razón al Instituto Nacional Electoral y confirmó que dicho organismo puede anular aspiraciones de candidatos a juzgadores que no son elegibles.
La magistrada presidentes del Tribunal Electoral Federal, Mónica Soto Fregoso, coincidió en dar la razón al INE por el acuerdo aprobado en el Consejo General el 24 de abril, por el cual se detallan lineamientos del 8 de 8 contra la violencia, es decir que el INE puede revisar la elegibilidad de los candidatos electos en la elección judicial para verificar que no se encuentran sentenciadas de manera firme por la comisión de diversos ilícitos.
En este caso el INE, detalló la magistrada presidenta, puede revisar si a las personas candidatas electas no están sentenciadas por la comisión de violencia intencional contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales; cuando afecte el normal, desarrollo, psicosexual; violencia familiar; violencia doméstica; violencia a la intimidad sexual; violencia política contra las mujeres en razón de género y ser declarado como persona deudora alimentaria morosa.
Podrían cancelar la entrega de constancias de mayoría
En este caso, si las candidaturas son electas en las urnas en la elección judicial, pero tienen sentencias firmes en dichos casos, el INE puede cancelar la entrega de constancias de mayoría.
“Se potencializan los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia, al impedir que candidaturas que hayan incurrido en determinados ilícitos en esa materia puedan acceder a un cargo público, a pesar de haber triunfado en las urnas”, afirmó.
Al tomar la palabra, el magistrado Felipe Fuentes Barrera, quien presentó el proyecto, declaró que tratándose de una elección sin precedentes y donde se elegirá directamente a quienes ejercerán la función de juzgar en el ámbito federal, se debe procurar que haya claridad y legalidad al momento de revisar la legitimidad de cada aspirante.
Incluso, sostuvo que no se puede asumir que una candidatura es elegible, solo porque fue bien evaluada por los comités de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
“Si no hay situaciones que pueden conocerse después o que no fueron detectadas en etapas previas, la autoridad electoral no puede cerrar los ojos frente a esta situación”, expuso
En tanto, Fuentes Barrera aseguró que si el INE omitiera la verificación de los candidatos, “estaría renunciando a su obligación de dictar que personas inhabilitadas asuman cargos públicos de altísima responsabilidad como lo es el de juzgar a los demás”.
Cortesía de El Heraldo de México.
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