El gobierno de la Ciudad de México anunció que ya está lista la iniciativa para regular la circulación de bicicletas eléctricas y de scooters por las calles de la capital mexicana, lo cual, implicará una serie de modificaciones en el reglamento de tránsito, con las cuales, entre otras medidas, quedará restringido el uso de ciclovías.
La iniciativa que propone regular la circulación de bicicletas eléctricas y scooters en la Ciudad de México estaba prevista desde el pasado mes de marzo, sin embargo, la Consejera Jurídica y de Servicios Legales del gobierno capitalino, Eréndira Cruzvillegas Fuentes, señaló que no había podido ser presentada ante el congreso debido a que se realizaron algunos ajustes cruciales en las modificaciones previstas al Reglamento de Tránsito, no obstante, adelantó que dicho documento ya quedó listo y que será el próximo martes 20 de mayo cuando la Jefa de Gobierno, Clara Brugada lo envíe al Congreso local.
¿Cuáles son las modificaciones al Reglamento de Tránsito que impedirían la circulación de ciertas bicicletas eléctricas en ciclovías?
Una de las principales modificaciones que se proponen al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México para regular la circulación de bicicletas eléctricas y scooters es considerar como vehículos motorizados a todas aquellas unidades de este tipo que alcancen velocidades superiores a los 25 km por hora, por lo que las que superen este límite no podrán hacer uso de la ciclovía por representar un riesgo para la integridad de ciclistas, motociclistas, peatones y de automovilistas.
Ante esta situación, las bicicletas eléctricas que superen los 25 km por ahora serán consideradas motocicletas eléctricas y tendrán prohibido desplazarse por banquetas o cualquier otra área confinada, además, deberán contar con tarjeta y placa de circulación expedida por la Secretaría de Movilidad (Semovi), asimismo se precisó que todas las unidades deberán circular con luces encendidas y los conductores deberán portar casco de manera obligatoria.
En el caso de “scooters” se sabe que serán considerados como vehículos no motorizados pese a que existen modelos que rebasan la velocidad de 25 km por hora, no obstante, se adelantó que tendrán prohibido circular por banquetas, áreas peatonales y en carriles exclusivos de transporte público, pero se precisó que, sí podrán hacer uso de las ciclovías, preferentemente por el carril derecho para evitar accidentes.
Cabe destacar que, una vez que la iniciativa sea presentada en el Congreso de la Ciudad de México las modificaciones al Reglamento de Tránsito se pondrán en discusión para su posterior aprobación, en caso de que aplique, y será tras su publicación el diario oficial cuando comience su vigencia, este proceso deberá quedar resuelto en un plazo no mayor a quince días hábiles sobre la procedencia de la solicitud.
Cortesía de El Heraldo de México.
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