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Modelo 349 de la AEAT ¿Qué es y cómo se tramita?

Cuando se llevan a cabo operaciones intracomunitarias, es decir, en las que se efectúa una compraventa de productos o servicios entre dos empresas ubicadas en países distintos, miembros de la UE, uno de los cuales sea España, resulta necesario presentar el modelo 349.

Se trata de un trámite para informar a hacienda sobre todas las operaciones realizadas durante un cierto período de tiempo que se ajusten a los criterios de las operaciones intracomunitarias.

Índice del contenido

¿Qué es el Modelo 349?

Este modelo se utiliza para hacer declaraciones informativas. El periodo en el debe ser presentado puede ser mensual, trimestral o bimestral dependiendo del volumen de operaciones y el periodo fiscal en el que se presente.

Debe ser entregado ante hacienda por parte de  autónomos y empresas  siempre y cuando estas hayan realizado operaciones intracomunitarias durante el periodo en curso. De lo contrario, no debe presentarse.

Ahora, las operaciones que deben registrarse en este modelo son todas las de compra y/o venta de bienes o servicios que estén hechos entre empresas o profesionales de distintos países miembros Unión Europea.

Instrucciones para rellenar el modelo 349

Este modelo consta de  3 páginas y varios apartados . Todos te los explicaremos detalladamente a continuación:

🔔Página 1 (Resumen de la declaración)

Esta página, que es la primera que verás tiene 6 apartados por rellenar que son:

✅Apartado (1) Identificación

Aquí tendrás que colocar todos los datos de identificación del declarante. Va los nombres, apellidos, NIF, número de teléfono, domicilio completo y la provincia en la que reside.

✅Apartado (2) Ejercicio, periodo y tipo de presentación

Ahora deberás colocar el año que corresponde a la presentación, el trimestre y la modalidad.

✅Apartado (3) Resumen de la declaración

resumen declaracion modelo 349

Pon aquí el número exacto de operaciones intracomunitarias que se realizaron durante el periodo a declarar. También se coloca el importe total incluyendo las operaciones con rectificaciones.

✅Apartado (4) Presentación en soporte colectivo

Presentacion de soporte colectivo modelo 349

Utiliza este apartado solo si se está presentando una hoja resumen en la que se separe a los autónomos y/o empresarios.

✅Apartado (5) Fecha y firma

fecha y firma modelo 349

Solo coloca la fecha y firma.

✅Apartado (6) Administración

🔔Página 2 (Relaciones de operaciones intracomunitarias)

Pagina dos datos de operadores intracomunitarios modelo 349

Esta es la parte más importante del modelo y debes ser muy minucioso. Los campos por rellenar son:

✅Código de país

Para no colocar el país con el nombre completo, se coloca el código. Este siempre es de dos letras, por ejemplo, el de Alemania es “DE” el de Italia es “IT”, el de Suecia “SE” y así sucesivamente. Más adelante les dejaremos una lista más amplia.

✅NIF intracomunitario

Coloca aquí el NIF intracomunitario del operador.

✅Apellidos y nombre o razón social

Aquí también se colocarán los datos del operador.

✅Clave (Tipo de operación)

Este es el tipo de clave que corresponde a la operación, que puede ser compra, venta, etc. Más adelante te lo explicamos de manera detallada.

✅Base imponible

Pon en este apartado el importe total de las operaciones que se hayan hecho con ese cliente o proveedor.

✅Claves del modelo 349

Uno de los espacios para rellenar que causan más duda es el de las claves. Estas son letras que identifican cierto tipo de operación. Las letras o claves que se pueden utilizar para identificar cada una son:

📌A

Con esta letra se identificarán todas las adquisiciones de bienes que se realicen con sujeto pasivo declarante. Están también incluidas todas las transferencias de bienes siempre que sean entre estados miembros.

📌E

La “E” será para identificar toda entrega intracomunitaria de bienes siempre que se hagan con sujeto pasivo declarante. Se tienen que incluir las transferencias de bienes cuando sean a estados miembros.

📌T

Se emplea la “T” cuando se realiza una entrega a un estado de la UE por adquisiciones intracomunitarias que sean exentas y que se efectuaran en una operación triangular.

📌S

Pon “S” si la operación intracomunitaria es por un servicio y la realiza el declarante.

📌I

Se pondrá cuando  correspondan las adquisiciones intracomunitarias de servicios que estén en un territorio con aplicación de impuesto a servicios prestados por profesionales o empresarios cuando el destinatario es quien declara.

📌M

Solo coloca “M” cuando sean entregas intracomunitarias de bienes a una importación que sea exenta y que está prevista en el artículo 27.12 de la ley del IVA.

📌H

La letra “H” establece lo mismo que la clave “M” pero con el artículo 86.3 de la Ley.

📌R

Coloca “R” si se realizó una transferencia de bienes efectuada.

📌D

La “D” corresponde a las devoluciones de bienes hechas desde otro estado

📌C

Finalmente, la “C” es para sustituciones de destinatarios de los bienes expedidos o transportados.

🔔Página 3 (Rectificaciones de periodos anteriores)

Esta página es prácticamente igual a la 2, pero aquí se colocará la información de las rectificaciones del periodo anterior. Lo que debes colocar es:

✅Datos identificativos de la hoja anterior

Datos identificativos modelo 349

Pon aquí el NIF del declarante, el ejercicio y periodo previo además del número de hoja que corresponda.

✅Operador

operadores modelo 349

El modelo te permitirá colocar varios operadores tal como en la hoja 2, aquí también pondrás el código del país, el NIF comunitario, apellidos nombres o razón social, la clave, periodo, ejercicio, la base imposible rectificada y la base imponible que se declaró antes.

¿Quién tiene que presentar el modelo 349?

Si se han realizado operaciones intracomunitarias, es necesario que se notifique esta actividad a hacienda. Para ello, deben reunirse las siguientes condiciones:

📌 Que la operación se está haciendo en un territorio de aplicación de impuesto diferente

Imagina que se está llevando a cabo la compraventa de algún producto y esta se realizó desde y hacia a alguno de los 28 países que conforman la Unión Europea. En este caso, quien emite la factura tiene un gravamen distinto al del receptor de la factura. En esos casos, se debe presentar este modelo para informarle a Hacienda sobre la operación.

📌 Ambos deben ser empresas o profesionales

Es indispensable que el vendedor o comprador que formen parte de la operación que se describe en la declaración sean trabajadores autónomos o sociedades.

📌 Necesidad de estar registrado como operador intracomunitario

Para presentar el modelo debe haber un registro previo ante la Agencia Tributaria como operador intracomunitario. Al hacer el registro, se obtiene un número identificativo que ha de colocarse en la declaración.

¿Cuándo se presenta el modelo 349?

Este es un modelo que se podrá presentar de forma  mensual, bimestral o trimestral  dependiendo del volumen de facturación que realice el declarante.

✅ Si es una presentación mensual

El declarante tendrá los primeros 20 días naturales del mes siguiente a la declaración a realizar para presentarla. Es decir, si se quiere presentar la declaración del mes de marzo, tendrán hasta el 20 de abril para presentarla. Además, solo se harán presentaciones mensuales si es que se superan los 50.000 euros.

✅ Si la presentación es bimestral

Las declaraciones bimestrales se hacen solo si en el segundo mes de un trimestre que esté en curso las operaciones realizadas consigan superar los 100.000 euros.

✅ Si es una presentación trimestral

Esto es lo más común, y también se tienen 20 días de presentación. Estos son los primeros 20 días del mes de abril, julio, octubre y enero.

¿Cómo se presenta el modelo 349?

Para mayor facilidad, puedes rellenar este modelo de manera telemática. Lo único que debes hacer es ingresar a la web de la Agencia Tributaria dando clic aquí. Eso sí, debes disponer de certificado digital.

Luego tendrás que darle clic a  Presentación (hasta 40.000 registros”  después podrás ingresar con el certificado electrónico, DNI electrónico o la Clave PIN asignada para las declaraciones.

Ahora lo único que tienes que hacer es rellenar el modelo que la información que tengas del periodo de declaración y listo.

Preguntas frecuentes modelo 349

Es posible que este modelo aún te haya generado algunas dudas, por ello le daremos respuesta a algunas de las preguntas más frecuentes:

🔔¿Debo darme de alta en el ROI para presentar el modelo 349?

Sí, para hacer una declaración de este tipo antes debes haberte dado de alta en el  Registro de Operaciones Intracomunitarias . Si no lo haces, no puedes realizar las operaciones, no tendrás el CIF y tampoco se pueden emitir facturas sin el IVA.

🔔¿Qué debo colocar en el código del país cuando se identifican a los operadores?

Para hacer más corto el modelo se sustituyen los nombres de los países por códigos. Estos códigos siempre son iguales, cada país tiene uno y está compuesto por dos letras. Aquí te mostramos los más comunes:

  • ES: España
  • FR: Francia:
  • IT: Italia:
  • NL: Países bajos
  • DE: Alemania
  • SE: Suecia.
  • DK: Dinamarca
  • BG: Bulgaria

Y así sucesivamente con cada uno de los países miembros de la UE

🔔¿Si se hace una compraventa con Canarias, Ceuta o Melilla se considera una operación intracomunitaria?

Como Canarias, Ceuta y Melilla cuentan con un tributo distinto al resto de la península esto no significa que se trate de operaciones intracomunitarias. El trato que se le dé a esta declaración aunque es diferente no se deberá incluir en este modelo.

🔔¿Es posible hacer declaraciones del modelo 349 de manera anual?

No. Esto ha cambiado recientemente. A partir del año 2020 no es posible hacer presentaciones de este modelo de manera anual. Solo podrá hacerse de forma mensual, bimestral o trimestral de acuerdo con lo que hemos explicado antes.

🔔¿Qué pasa si el día 20 de la declaración cae fin de semana?

Sin importar si se trata de una declaración mensual, bimestral o trimestral, los declarantes tendrán los 20 días del mes siguiente a declarar disponibles para presentar el modelo.

El asunto es que existe la posibilidad de que el día número 20 caiga un fin de semana o día feriado. Si ese es el caso, ese último día  se correría al siguiente día hábil . Por ejemplo, si el 20 cae día sábado, el día 22, que es lunes y hábil se podrá hacer la presentación como último día disponible.

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Cortesía de Miltrámites.net





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