Miles de trabajadores en todo el país se han cuestionado si el próximo 1 de junio habrá pago triple para las personas que tengan que laborar. Lo anterior debido a que se llevará a cabo, por primera vez, la elección de integrantes del Poder Judicial. Se trata de un proceso electoral organizado por el Instituto Nacional Electoral (INE), donde se elegirán diversos cargos para conformar la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Sala Superior del Tribunal Electoral y distintos juzgados de distrito.
Según lo estipulado por el INE, el próximo 1 de junio, las y los mexicanos votaran para escoger a 9 ministros para la Suprema Corte de Justicia de la Nación; 9 magistrados para la Sala Superior del Tribunal Electoral;15 magistrados para las salas regionales, 5 integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial; 464 magistraturas de circuito; y 386 juzgados de distrito. Se trata de la primera ocasión en la que la ciudadanía podrá ejercer su derecho al voto para el Poder Judicial.
En este contexto millones de trabajadores se han cuestionado si el próximo 1 de junio será un día de descanso obligatorio. Al respecto, la Ley Federal del Trabajo (LFT) no lo tiene estipulado en su calendario de días feriados. Sin embargo, en el artículo 74, fracción IX de la ley se estipula que se considerará feriado cualquier día “que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral”.
¿El 1 de junio es día de descanso oficial?
Lo anterior indicaría que el próximo 1 de junio las empresas y empleadores estarán obligados a permitir a sus trabajadores acudir a votar, aun si laboran ese día. La ley estipula que se debe conceder el tiempo necesario para que las personas puedan ejercer su derecho al voto, así como para cumplir con servicios de jurados, electorales o censales. Esto significa que, aunque sea domingo, será considerado como un feriado oficial en todo el país. Las elecciones, ya sean federales o locales, se consideran motivo suficiente para suspender actividades laborales ordinarias y permitir que las personas puedan acudir a votar sin inconvenientes.
Sin embargo, algunas personas podrían tener que trabajar ese día, especialmente quienes laboran en servicios esenciales. En estos casos, la ley establece que deben recibir una compensación adicional. Si un trabajador labora durante un día de descanso obligatorio, tiene derecho a recibir su salario normal más el doble de ese salario, como pago extra. Además, por ser domingo, se debe sumar la prima dominical, equivalente al 25% del salario diario mínimo.
Los trabajadores tendrán tiempo para ir a votar
“Si un día de descanso obligatorio coincide con un domingo, el trabajador tiene derecho a recibir un pago doble por el servicio prestado, además de la prima dominical (al menos un 25% sobre el salario ordinario)”, se lee en la LFT. También, se señala que “los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá el Tribunal”.
Además del pago, la LFT también establece que los empleadores deben otorgar el tiempo necesario para que los empleados puedan ejercer su derecho al voto. Esto aplica incluso si se labora durante el día. También están obligados a permitir que los trabajadores participen en actividades electorales o censales, como formar parte de mesas directivas de casilla, si fueron convocados oficialmente por el INE.
Cortesía de El Heraldo de México.
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