La Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Margarita Ríos Farjat, habló en entrevista con Javier Solórzano durante el programa Referente de la Noche para Heraldo Televisión, sobre la prisión preventiva y su propuesta para analizar la figura de prisión preventiva oficiosa y la relevancia de optar más por la figura de prisión preventiva justificada.
Al respecto, explicó que cuando sucede algún ilícito se pueden dar circunstancias en las que es importante detener al sospechoso por el riesgo que pueda significar para los familiares de las víctimas y los testigos, de ahí surge la figura de prisión preventiva, “mientras resolvemos la situación jurídica, y la culpabilidad de la persona, tenemos que detenerla”, dijo.
Destacó que de ahí surgieron dos figuras: la prisión preventiva oficiosa y la prisión preventiva justificada. “Se estableció en la Constitución que en casos muy excepcionales se puede detener a la persona sin una justificación, o sea de manera automática”, eso es la prisión preventiva oficiosa.
En el caso de la “justificada”, refirió que en ella el juez debe valorar la necesidad de la medida, para que no se vaya a evadir la justicia, determinar si representa un riesgo o un peligro el hecho de que la persona no sea detenida, “para ponderar eso el juez debe analizar los elementos que le presenta la Fiscalía y la situación en particular”, agregó.
En ese sentido, Margarita Ríos Farjat consideró que el problema surge con la “oficiosa”, que es la que se dicta en automático sin que la Fiscalía justifique por qué dicta esa medida tan drástica, “esto se convierte en una situación compleja, porque se genera el temor de que basta una simple imputación para que puedas ser privado de la libertad sin que haya una aparición ante un juez”.
Prisión preventiva, conforme a la Corte Interamericana de Derechos Humanos: Farjat
En entrevista para Heraldo Televisión, la Ministra Farjat contó que al respecto comenzaron las discusiones en el Pleno de la Corte sobre la prisión preventiva oficiosa, primero en septiembre de 2022, y luego en noviembre 2022, “decíamos hay que interpretar qué entendemos por oficioso”, dijo, “que se quite, que permanezca, siempre ha sido un tema”.
La estadística del INEGI, el Censo del 2024 respecto al 2023, ahí dice que las personas privadas de la libertad se conformaron por 233 mil 277 personas; en promedio el 37% de las personas privadas de la libertad en 2023 no tenía una sentencia y de ese total de personas que no tenían una sentencia el 44.3% estaba en prisión preventiva oficiosa; no es un número pequeño es un número importante, y además está la situación de choque la presunción de inocencia y la necesidad de la medida”, manifestó Margarita Ríos.
Además, admitió que aunque sí es muy complicado para las Fiscalías “yo no creo que deba descansar en esta figura, me parece muy endeble en términos de derechos humanos, se me hace muy riesgoso”, y propuso que esta medida debe descansar en los jueces, “hay que depositar la justicia en manos de expertos, que un juez analice y tome la responsabilidad para justificar la medida”.
Finalmente, expresó que hay que ser muy responsables con las sentencias, ya que cada caso requiere una particularidad, “no creo que este tipo de cosas se resuelvan a partir del pleito, la rivalidad y el no diálogo, yo creo que esto se soluciona hablando; por eso hicimos una propuesta a final del 2023, donde proponemos encargarnos de la realidad si la figura desaparece, encargarnos del efecto”.
“Desarrollamos mesas de trabajo con las Fiscalías, con personas expertas, esto es muy valioso porque ya está sobre la mesa, es un escalón que la sociedad debe subir y apropiarse de estos temas (…) esto es una propuesta de adecuar el ordenamiento jurídico, a la prisión preventiva, como ordena la Corte Interamericana de Derechos Humanos“, concluyó la Ministra de la SCJN.
Cortesía de El Heraldo de México.
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