La tarde del jueves 29 de mayo el Congreso de la Ciudad de México dio a conocer que se aprobó la reforma para tipificar como delito los “pinchazos” en el Código Penal local y tras el anuncio miles de capitalinos se mostraron interesados en saber cuáles son las sanciones a las que serían acreedoras las personas que sean sorprendidas cometiendo este delito, por ello, en esta nota te diremos cuál es la información oficial al respecto.
“El Congreso capitalino aprobó el dictamen a dos iniciativas para adicionar el Código Penal local en materia de administración subrepticia de sustancias, y para adicionar el capítulo II Bis al título tercero del libro segundo, en materia de sumisión química por pinchazo, propuestas por la jefa de Gobierno, Clara Marina Brugada Molina, y la diputada Tania Nanette Larios Pérez (PRI)”, informó el parlamento de la Ciudad de México a través de su portal oficial.
Cabe mencionar que, en el último reporte de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México se informó que durante las últimas semanas se confirmaron al menos 65 casos de pinchazos cometidos al interior de las instalaciones de algún sistema de transporte público de la capital mexicana, además, se precisó que seis de estos casos estuvieron relacionados con posibles robos y uno más con un delito catalogado como grave, no obstante, no se ofrecieron detalles específicos.
¿Cuáles serán las sanciones para las personas que sean sorprendidas cometiendo “pinchazos” en CDMX?
De acuerdo con la información difundida por el Congreso de la Ciudad de México, las personas que sean sorprendidas cometiendo “pinchazos” serán acreedores a una pena en prisión de entre dos a cinco años, además, también serán sancionados económicamente con una multa que podría ir de los cincuenta a los trescientos días de multa.
También se informó que, en caso de que la sustancia suministrada sea psicoactiva, narcótica, psicotrópica o tóxica la pena incrementará hasta en una mitad, dicha medida también aplicará cuando la víctima sea un niño, niña, adolescente, mujer, persona con discapacidad, adulta mayor o de un grupo de atención prioritaria o que el acto se cometa en un medio de transporte y que tenga como finalidad la comisión de algún otro delito.
“Se impondrá una pena de dos a cinco años de prisión y de cincuenta a trescientos días de multa, a quien, sin el consentimiento de una persona, le administre, introduzca, suministre o aplique cualquier sustancia, de manera subrepticia o mediante engaño”, es lo que se señala en el artículo 141 Quarter del Código Penal de la Ciudad de México.
Cabe destacar que, el decreto que tipifica los “pinchazos” como delito en el Código Penal de la Ciudad de México fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México en la edición de este viernes 30 de mayo, por lo que será a partir del sábado 31 de mayo cuando entre en vigor.
Cortesía de El Heraldo de México.
Dejanos un comentario: