CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó este miércoles una lluvia de impugnaciones contra la elección judicial del pasado 1 de junio, bajo el argumento de que los cómputos distritales del Instituto Nacional Electoral (INE) no reflejan los resultados finales de los comicios, por lo que los inconformes deberán impugnar las declaraciones de validez y los otorgamientos de las constancias de mayoría.

Algunos de los inconformes trataron de invalidar los resultados de los cómputos distritales argumentando que los ganadores rebasaron topes de campaña o fueron beneficiados de actos de promoción “mediante mecanismos ilegales” como los famosos “acordeones” –atribuidos a Morena, en su mayoría– que instruyeron a bases de votantes cómo llenar las boletas de acuerdo con los intereses de quienes los distribuyeron.
Ante las decenas de recursos presentados por candidatos que no salieron ganadores en las urnas y que tratan de invalidar los triunfos de sus rivales, los magistrados determinaron que los cómputos distritales judiciales que el INE publicó en su sitio de Internet en los días posteriores a la elección no representan actos definitivos ni firmes, y por ende no son susceptibles de ser impugnados.
El TEPJF determinó que los juicios de inconformidad procederán para impugnar “determinaciones que transgreden normas constitucionales o legales”; en el caso de la elección judicial, estos juicios solo son válidos para revertir las declaraciones de validez y las constancias de mayoría emitidas por el INE. Con esta resolución, el TEPJF dio un plazo extra antes de marcar el arranque de la lucha en torno a las impugnaciones de los resultados de la elección judicial.
Cortesía de Proceso.

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