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Si se desea obtener la deducción por maternidad de forma anticipada es necesario rellenar y presentar el modelo 140 ante la Agencia Tributaria. Si necesitas tramitarlo, hoy te contaremos detalladamente todo lo que debes hacer, como llenar el modelo, cuál es plazo para entregarlo y mucho más.

¿Qué es el modelo 140?
El modelo 140 sirve para solicitar a hacienda que se haga la deducción anticipada por maternidad del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas, es decir, el IRPF.
Lo interesante de este modelo, es que las madres que sean autónomas y que apliquen para este beneficio no tendrán que esperar a la declaración de la renta, sino que se puede solicitar este abono con anticipación, y para ello sirve este modelo. Se pueden obtener 100 euros mensuales por cada uno de los hijos que se tengan en las condiciones que antes describimos.
¿Para qué más sirve el modelo 140?
Además de presentar la solicitud para obtener el beneficio, este modelo también se utiliza para:
- Dar de baja a alguno de los beneficiarios en la Seguridad Social.
- Hacer el cambio de régimen de seguridad social.
- Notificar el fallecimiento del beneficiario.
- Informar sobre el cambio de residencia del beneficiario.
- Presentar la renuncia al beneficio de cobro anticipado.
- Dar de baja a alguno de los hijos por el cese de la guarda y custodia, cuando se obtienen ingresos superiores a los 8.000 euros o cuando las retenciones no son mayores a los 8000 euros.
¿Cómo se llena el modelo 140?
Antes de nada, puedes encontrar el modelo en el siguiente enlace (más abajo te explicamos las distintas formas para presentarlo ante la AEAT).
📌Solicitante
Aquí se deberán colocar los datos del solicitante del beneficio. Se debe colocar el NIF, primer apellido, segundo apellido y nombre.
✅ Solicitud por persona distinta a la madre
Si la solicitud la hace un padre o tutor legal en caso de fallecimiento de la madre deberá llenarse la casilla 13 con el NIF de la madre además de su fecha de fallecimiento.
✅ Teléfono de contacto
Coloca aquí dos números de teléfono. Estos servirán para contactarte en caso de que haya alguna irregularidad con la solicitud.
📌Régimen de la Seguridad Social o mutualidad alternativa en que la solicitante figura de alta
✅Seguridad Social
Pon aquí el número de seguridad social de la madre. Además, se deben marcar con una “X” cada una de las casillas que correspondan con el régimen. Por ejemplo, la casilla 50 para el número de afiliación, la casilla 51 para el régimen general, la casilla 52 para el régimen especial y finalmente la 53 para el régimen especial de funcionarios públicos.
✅Indique la mutualidad de funcionarios. Mutualidad alternativa a la Seguridad Social
En este apartado marca con una “X” las casillas que correspondan. La 55 es para el número mutualista y la 56 para la denominación de la mutualidad.
📌Hijos que dan derecho a la deducción por maternidad
Antes de llenar esta parte del modelo debes tener en cuenta las siguientes cuestiones:
- Si el modelo se presenta para hacer la solicitud por primera vez, aquí solo se pueden consignar los datos de los hijos menores de 3 años que hayan nacido en España.
- Si se pretende registrar a un hijo adoptado o acogido, este deberá ser menor de edad antes de que se efectuara la adopción.
- Si este modelo se presenta para dar de alta o de baja a alguno de los hijos, solo se colocarán los datos de los hijos afectados y no todos.
Ahora, teniendo lo anterior en consideración, la información que se debe registrar de cada hijo es la siguiente:
✅Hijo 1, 2,3,4,5,6
El modelo nos permite agregar información de hasta 6 hijos y en todos los casos los datos que solicitan son los mismos:
- NIF (Si es que se le ha asignado)
- Apellidos y nombres
- Fecha de nacimiento
- Fecha de adopción o acogimiento.
📌Cuenta bancaria para el abono
Hacienda te hará el pago fraccionado a una cuenta bancaria. En este apartado debes colocar los datos completos del titular tomando en cuenta el código de cuenta cliente, la entidad, la sucursal , el DC y el número de cuenta.
En caso de que el formulario sea para cambiar un número de cuenta anterior, se deberá marcar la casilla número 15. Esta le indicará a Hacienda que la información de la cuenta que se suministra es nueva y el depósito de ahora en más se hará ahí.
📌Variaciones a efectos del abono mensual anticipado de la deducción por maternidad
Las variaciones en el mismo formulario son:
- Pérdida del derecho de beneficiaria/o: Esta se hace cuando el beneficiario ha fallecido, se ha dado de baja en la seguridad social o la mutualidad. También aplica en el cambio de residencia o la renuncia del beneficio.
- Cambio de régimen de seguridad social: Si este es el caso, se deberá marcar la casilla y colocar los nuevos datos en el apartado número dos de la seguridad social.
- Baja de alguno de los hijos: Esto aplica si hay fallecimiento, se da el cese de la guarda y custodia del menor o se tienen rentas superiores a los 8.000 euros.
📌Representante
Coloca aquí el NIF en la casilla 94 y el nombre, apellidos o razón social en la 95.
📌Fecha y firma
Finalmente se deberá firmar el formulario para asegurar que se está de acuerdo con lo dispuesto en la declaración.
¿Quién puede solicitar el abono con el modelo 140?
De acuerdo con lo previsto en el artículo 81 de la Ley 35/2006 del 28 de noviembre de Impuesto de la Renta de las Personas físicas, quienes podrán solicitar este beneficio son:
- Quienes sean trabajadores de régimen especial de trabajadores autónomos. Estos deberán haberse dado de alta durante los primeros 15 días del mes de la solicitud.
- Los trabajadores del Régimen general o los que pertenezcan al Régimen Especial de la Minería y el Carbón además de los trabajadores del Mar.
- Quienes sean trabajadores con contrato laboral con tiempo parcial y que su jornada sea mínimo del 50% de una jornada ordinaria.
- Los trabajadores por cuenta ajena que estén dados de alta en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social.
Plazo para presentar el modelo 140
Este modelo se presentará para solicitar el abono anticipado , pero también para hacer notificaciones y cambios ante Hacienda, por ello es que el plazo en el que se presente varía según las condiciones. Para tenerlo más claro, te lo explicamos a continuación:
🔔Para solicitar el abono anticipado
Si lo que deseas es solicitar el abono anticipado, deberás presentar el modelo justo cuando se cumplan las condiciones. Es decir, cuando tengas un hijo en la edad correspondiente y tengas los demás requisitos. Recuerda que si dejas pasar demasiado tiempo, el plazo de los 3 años de beneficio se agotará pues están sincronizados con el nacimiento del niño a menos que sea un caso de adopción.
🔔Si se notifican cambios
Ahora, si existe alguna variación en cualquiera de los datos que se suministraron, tendrás un plazo de 15 días naturales luego de que se haya producido el cambio. Por ejemplo, si se ha cambiado algún dato de la seguridad social o tu número de cuenta, tienes 15 días luego de que se produjera la variación.
¿Cómo se puede presentar el modelo 140?
Para su presentación tienes 3 alternativas que son:
📌De forma telemática
Esta es la manera más sencilla de hace el registro. Solo necesitarás acceso a internet y dar clic aquí para entrar a la página oficial de la Agencia Tributaria. Una vez allí le darás clic a “Presentación” y si cuentas con certificado digital o DNI electrónico podrás acceder y completar el formulario.
📌Presentación física
Esto lo puedes hacer en cualquier de las delegaciones de Hacienda. O si tienes un correo postal también lo puedes hacer dirigiéndolo a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Esta es una forma bastante sencilla si no cuentas con Certificado digital. Tienes que pedir cita en una oficina de la AEAT aquí y acudir con el modelo.
📌Presentación telefónica
Finalmente, puedes llamar al 901200345 que es el número de servicio de atención de la Agencia Tributaria para pedir información sobre este trámite.
¿Qué pasa si tengo un hijo adoptivo de más de 3 años?
Para los hijos biológicos, se tiene hasta los 3 años para presentar este modelo y obtener el beneficio. Pero cuando se tienen hijos adoptivos en ocasiones se adoptan de más de 3 años. Si ese es el caso, el formulario se presentará luego de que se haga la adopción y se podrá obtener el beneficio durante los 3 años siguientes de la inscripción en el Registro Civil.
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Cortesía de Miltrámites.net

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