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CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El jueves 22 de mayo de 2025, cuatro hombres fueron detenidos por la Policía Auxiliar de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México tras ser sorprendidos realizando actos sexuales en estaciones de la Línea 7 del Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro. Los incidentes ocurrieron en las estaciones Tacuba y Refinería.
En la estación Tacuba, ubicada en la alcaldía Miguel Hidalgo, dos hombres de 24 y 38 años fueron descubiertos en el último vagón del tren. Posteriormente, en la estación Refinería, en la alcaldía Azcapotzalco, otros dos hombres, de 30 y 33 años, fueron señalados por usuarios por realizar tocamientos en los últimos asientos del convoy. En ambos casos, los individuos fueron puestos a disposición del Juez Cívico correspondiente.
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Marco legal y sanciones aplicables
Aunque no existe una legislación específica que prohíba expresamente las relaciones sexuales en el Metro, la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México establece que exhibir órganos sexuales con la intención de molestar o agredir a terceros es una infracción contra la dignidad de las personas. Esta conducta puede ser sancionada con multas de 11 a 40 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a entre $1,244 y $4,525 pesos, arresto de 13 a 24 horas o trabajo comunitario de 6 a 12 horas.
Además, el artículo 28 de la misma ley sanciona a quienes obstaculicen el uso de espacios públicos, con las mismas penalidades. Por su parte, la Ley de Movilidad establece que se puede negar el servicio a cualquier usuario que altere el orden en los vehículos del sistema de transporte público, como el Metro, Metrobús, RTP, Trolebús o Cablebús.
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Multas por permanecer en zonas restringidas
En relación con otras conductas sancionables en el Metro, quedarse dormido y llegar a zonas restringidas puede ser motivo de multa. De acuerdo con el artículo 29, fracción XI de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, ingresar a zonas señaladas como de acceso restringido en los lugares o inmuebles destinados a servicios públicos, sin la autorización correspondiente o fuera de los horarios establecidos, es una infracción que puede ser sancionada con multas de entre 21 y 30 UMA, es decir, entre $2,268 y $3,240 pesos, arresto de 25 a 36 horas o trabajo comunitario de 12 a 18 horas
Normas de convivencia en el STC Metro
El Reglamento del STC Metro prohíbe acciones como obstruir el cierre de puertas, sentarse en el piso y ocupar áreas exclusivas para mujeres, adultos mayores o personas con discapacidad, entre otras normas de convivencia. Estas disposiciones buscan garantizar la seguridad y el respeto entre los usuarios del sistema de transporte.
Cortesía de Proceso.
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