La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que las ministras de la Suprema Corte Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf y Lenia Batres Guadarrama, no realizaron actos anticipados de campaña a través de publicaciones en sus redes sociales y otros medios.
En sesión ordinaria, la Sala Superior confirmó el acuerdo emitido por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral en el procedimiento especial sancionador UT/SCG/PE/PEF/MAMC/CG/2/2025 que desechó la queja presentada contra las ministras Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf y Lenia Batres Guadarrama.
Con esto se confirma que las ministras no realizaron actos anticipados de campaña, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, con motivo del proceso electoral extraordinario para la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.
En ese sentido, también se había desechado la queja porque no hay una actualización de la normativa electoral.
A propuesta del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón se analizó el proyecto a su cargo, el cual indica que no iniciará investigación alguna por uso de propaganda, actos anticipados de campaña o promoción personalizada.
Eso debido que en 89 de 99 publicaciones en redes sociales que fueron denunciadas por supuestos actos anticipados de campaña, no se detectaron irregularidades. En las 10 publicaciones restantes, el TEPJF solicitó a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral que indague si se registran irregularidades. La Sala Superior ordenó, entonces, al INE que entre en el fondo de esas 10 publicaciones.
Foto: Cuartoscuro
Cortesía de El Heraldo de México.
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