OTROS FIDEICOMISOS INSTITUIDOS EN RELACION CON LA AGRICULTURA
Publicado
DOF – Diario Oficial de la Federación
DOF: 05/12/2023
CÓDIGO de Conducta de FIRA
Al margen un logotipo, que dice: Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura.
CÓDIGO DE CONDUCTA DE FIRA
Con fundamento en lo dispuesto en las Cláusulas Décima Segunda, fracción XII del Contrato vigente deFONDO; Novena, fracción X del Contrato vigente de FEFA; Quinta, fracción VII del Contrato vigente del FEGAy Cláusula Sexta, fracción VII del Contrato vigente de FOPESCA, y a lo dispuesto en el artículo 150 fracción IIIy 162 fracción III de las Disposiciones de carácter general aplicables a los organismos de fomento y entidadesde fomento, los miembros de los Comités Técnicos de FONDO, aprobaron en la sesión ordinaria 6/2023 ysesión ordinaria 2/2023 de FEFA, FEGA y FOPESCA y el Código de Conducta de FIRA, mismo que cuentacon la conformidad del Comité de Auditoría del FONDO, FEFA, FEGA y FOPESCA otorgada en la sesiónordinaria 2/2023, la aprobación del Comité de Ética otorgada en la sesión ordinaria 1/2023 y la aprobación deltitular del Órgano Interno de Control en FIRA.
Contenido
1.Objetivo del Código de Conducta
2.Ámbito de aplicación y obligatoriedad
3.Glosario.
4.Misión, visión y objeto de FIRA
5.Mensaje introductorio del Director General
6.Riesgos Éticos
7.Conductas de las personas servidoras públicas
8.Instancias de Implementación
9.Protesta del Código de Conducta
·Carta compromiso
10.Control de ediciones
1.- Objetivo del Código de Conducta
El Código de Conductade FIRA es un instrumento que permite orientar y dar certeza a las personasservidoras públicas de FIRA, respecto de las conductas que deben observarse en el desempeño de susfunciones, que permitan cumplir con la misión, visión, objeto de la entidad, estrategias y metas institucionales,aplicando los principios y valoresdel Código de Ética, aplicables en todas sus acciones y decisionescotidianas, a fin de prevenir conflictos de intereses, actos de corrupción, riesgos éticos, desigualdad, violencialaboral, discriminación y conducta de hostigamiento sexual, acoso sexual y acoso laboral.
El Código de Conducta de FIRA:
a)Fomenta el sentido de identidad de las personas servidoras públicas con la Institución.
b)Impulsa el compromiso con la ética pública, los principios, valores, compromisos y reglas deintegridad del servicio público.
c)Contribuye a evitar cualquier conducta que lesione el interés público, como lo son los actos decorrupción y conflicto de intereses, así como cualquier conducta discriminatoria, de hostigamientosexual, acoso sexual o laboral.
d)Fomenta la cultura de denuncia ante cualquier incumplimiento al Código de Ética y Código deConducta.
El Código de Conducta de FIRA, está conformado por un conjunto de conductas derivadas y alineadas conlos principios, valores, compromisos y reglas de integridad establecidos en el Código de Ética de laAdministración Pública Federal.
Estas conductas son el resultado de un profundo análisis en el que se refleja la identidad y la cultura de laInstitución y, por ende, todas las personas servidoras públicas de la entidad deben observarlas de maneraindispensable. Son también el resultado del análisis de los principales riesgos éticos que se han identificado yque pueden presentarse en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función.
Dichas conductas están redactadas en primera persona con la finalidad de que el personal se apropie deéstas en su quehacer cotidiano, así mismo están expresadas con un lenguaje ciudadano, claro, sencillo,incluyente, no sexista y libre de expresiones discriminatorias, con el objetivo de integrar dichos valores alactuar cotidiano y que constituyan una guía en la toma de decisiones.
El Código de Conducta de FIRA es un instrumento que prevé acciones que orientan y garantizan eladecuado cumplimiento los principios de Respeto a los Derechos Humanos Legalidad, Honradez, Lealtad,Imparcialidad, Eficiencia, Eficacia y Transparencia,que rigen al servicio público.
2.- Ámbito de aplicación y obligatoriedad
El Código de Conducta de FIRA es un instrumento de observancia y cumplimiento obligatorio, que aplicapara todas las personas servidoras públicas que laboran en FIRA, a toda persona que desempeñe un cargo ocomisión, realice actividades o preste sus servicios en la Entidad, independientemente del esquema decontratación al que esté sujeto; así como a las personas externas y cualquier persona que participe en losComités de FIRA.
El Código de Conducta es un instrumento orientador para la conducta del personal que preste serviciosocial, prácticas profesionales y de otras personas que no se reconozcan como servidoras públicas.
3.- Glosario
Acoso Laboral: Forma de violencia que se presenta en una serie de eventos que tienen como objetivointimidar, excluir, opacar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente a la víctima, causando un dañofísico, psicológico, económico o laboral-profesional. Se puede presentar en forma horizontal, verticalascendente o vertical descendente, ya sea en el centro de trabajo o fuera de éste, siempre que se encuentrevinculado a la relación laboral.
Acoso Sexual: Forma de violencia de carácter sexual, en la que, si bien no existe una subordinaciónjerárquica de la víctima frente a la persona agresora, e inclusive puede realizarse de una persona de menornivel jerárquico hacia alguien de mayor nivel o cargo, hay un ejercicio abusivo de poder por parte de quien larealiza. Puede tener lugar entre personas servidoras públicas y de éstas hacia particulares y es expresada enconductas verbales o de hecho, físicas o visuales, como son aquellas mencionadas en la fracción IV delartículo 5 del Código de Ética, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.
Actuación bajo conflicto de interés: La falta administrativa grave a que refiere el artículo 58 de la LeyGeneral de Responsabilidades Administrativas, en la que incurre la persona servidora pública cuandointerviene, por motivo de sus funciones, en la atención, tramitación o resolución de algún asunto en el quetenga un conflicto de interés o un impedimento legal.
Austeridad Republicana: De conformidad con el artículo 4, fracción I de la Ley Federal de AusteridadRepublicana, es la conducta republicana y política de Estado que los entes públicos están obligados a acatarde conformidad con su orden jurídico, para combatir la desigualdad social, la corrupción, la avaricia y eldespilfarro de los bienes y recursos nacionales, administrando los recursos con eficiencia, eficacia, economía,transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados
Código de Conducta: Instrumento emitido por las dependencias y entidades de la Administración PúblicaFederal, en el que se específica de manera puntual y concreta la forma en que las personas servidoraspúblicas aplicarán los principios, valores, reglas de integridad y compromisos contenidos en el presenteCódigo de Ética, atendiendo a los objetivos, misión y visión de la dependencia o entidad de que se trate.
Código de Ética: El Código de Ética de la Administración Pública Federal (CEAPF) publicado el 5 defebrero de 2022, al que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas(LGRA), instrumento deontológico que establece los parámetros generales de valoración y actuación respectoal comportamiento al que aspira una persona servidora pública, en el ejercicio de su empleo, cargo ocomisión, a fin de promover un gobierno transparente, íntegro y cercano a la ciudadanía.
Comité de Ética: Los órganos democráticamente integrados en los Entes Públicos referidos en losartículos 4, fracción III y 28 del Código de Ética, los cuales tienen a su cargo la implementación de accionespara generar y fortalecer una cultura de integridad gubernamental.
Conflictos de intereses: La posible afectación al desempeño imparcial y objetivo de las funciones de laspersonas servidoras públicas, en razón de intereses personales, familiares o de negocios, conforme a loprevisto en el artículo 3, fracción VI, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA).
Corrupción: En términos del segundo párrafo del numeral 5 del Programa Nacional de Combate a laCorrupción y a la Impunidad, y de Mejora de la Gestión Pública 2019-2024, es el abuso de cualquier posiciónde poder, público o privado, con el objetivo de generar un beneficio indebido a costa del bienestar colectivo oindividual;
Denuncia: La narrativa que formula cualquier persona sobre un hecho o conducta atribuida a una personaservidora pública, y que resulta presuntamente contraria al Código de Ética, al Código de Conducta o a lasReglas de Integridad.
Derechos Humanos: Son facultades, prerrogativas, intereses y bienes de carácter cívico, político,económico, social, cultural, personal e íntimo, adscritos a la dignidad del ser humano, y los cuales estánreconocidos por instrumentos jurídicos nacionales e internacionales. Los derechos humanos son: universales,inherentes a las personas, integrales, es decir, que se conciben en un todo indivisible, e históricos, porque sonresultado de la progresiva toma de conciencia de los seres humanos, de sus derechos humanos y de susconquistas frente al abuso del poder público.
Directrices:Orientaciones para la práctica de cada uno de los principios, previstas en el artículo 7 de laLey General de Responsabilidades Administrativas.
Dignidad: Comprende a la persona como titular de derechos y a no ser objeto de violencia oarbitrariedades por parte de las instituciones de gobierno, de modo que todas las personas servidoraspúblicas se encuentran obligadas en todo momento a respetar su autonomía, a considerarla y tratarla como finde su actuación, garantizando que no sea afectado el núcleo esencial de sus derechos.
Discriminación: Es toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, con intención o sin ella, nosea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto obstaculizar, disminuir o impedir los derechos decualquier persona, cuando ello se base en uno o más de los motivos que establece la fracción II del artículo 5del CEAPF.
Empatía: Es la capacidad de escuchar y comprender a los demás, entender su punto de vista y marco dereferencia, como si fuera el propio, sin juzgarlo ni interpretarlo.
Entidades: Los organismos públicos descentralizados, las empresas de participación estatal mayoritaria ylos fideicomisos públicos que tengan el carácter de entidad paraestatal a que se refieren los artículos 3, 45, 46y 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Ética pública: Conjunto de principios, valores y reglas de integridad orientados al interés público,conforme a los cuales deben actuar todas las personas adscritas a las dependencias y entidades de laAdministración Pública Federal, sin importar su nivel jerárquico, en aras de aspirar a la excelencia en elservicio público que logre contar con la confianza de la sociedad.
Hostigamiento Sexual: Es una forma de violencia de carácter sexual en la cual hay un ejercicio abusivode poder por parte de quién la realiza y tiene lugar en una relación de subordinación jerárquica real de lavíctima frente a la persona agresora. Es expresada en conductas verbales o de hecho, físicas o visuales,independientemente de que se realice en uno o varios eventos.
Igualdad: principio que reconoce en todas las personas la libertad para desarrollar sus habilidadespersonales y hacer ejercicio sin estar limitadas por estereotipos o prejuicios, de manera que sus derechos,responsabilidades y oportunidades no dependan de su origen étnico, racial o nacionalidad, sexo, género,edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión,opiniones,, preferencia u orientación sexual, estado civil o cualquier otra análoga, implica la eliminación detoda forma de discriminación.
Igualdad de género: Situación en la cual mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades yoportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma dedecisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar.
Igualdad sustantiva: Exige la adopción de medidas legislativas o de política pública para combatir lasdiferencias históricas o estructurales que impiden el acceso a la igualdad formal. El logro de la igualdad debecomenzar por desarrollar medidas de igualdad sustantiva, por ejemplo, las medidas especiales y temporales,como las acciones afirmativas, en materia de trabajo, política, educación y salud, entre otras, que nivelen lasdesigualdades históricas entre mujeres y hombres.
Lenguaje incluyente y no sexista: Comunicación verbal y escrita que tiene por finalidad visibilizar a lasmujeres para equilibrar las asimetrías de género, así como valorar la diversidad que compone nuestrasociedad haciendo visibles a las personas y grupos históricamente discriminados.
Lineamientos: Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos Generales para la integración yfuncionamiento de los Comités de Ética, publicado el 28 de diciembre de 2020.
Niveles de servicio: Reportes específicos para el monitoreo del cumplimiento del servicio concertado conlos diferentes clientes.
Persona Asesora: La que orienta y acompaña a la presunta víctima de actos discriminatorios conforme alProtocolo de actuación de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés en la atención depresuntos actos de discriminación y que tiene el carácter de figura mediadora u ombudsman en términos de laNorma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación.
Persona Consejera: La que orienta y acompaña a la presunta víctima por hostigamiento sexual o acososexual conforme al Protocolo para la prevención, atención y sanción del Hostigamiento Sexual y AcosoSexual.
Personas Servidoras Públicas: Aquellas que desempeñan un empleo, cargo o comisión en lasdependencias o entidades de la Administración Pública Federal, conforme a lo dispuesto en el artículo 108 dela Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Principios rectores: Los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, objetividad,profesionalismo, eficacia, equidad, transparencia, economía, integridad, competencia por mérito, disciplina, yrendición de cuentas.
Principios constitucionales: Son aquellos que toda persona servidora pública debe observar en eldesempeño de su empleo, cargo, comisión o función.
Riesgos éticos: Son aquellas situaciones en las que potencialmente pudieran transgredirse principios,valores o reglas de integridad y que deberán ser identificados a partir del diagnóstico que realicen, lasdependencias, entidades o empresas productivas del Estado, en términos de lo ordenado por el artículo 15 dela Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Secretaría: Secretaría de la Función Pública, a través de su Unidad de Ética Pública y Prevención deConflictos de Intereses.
Unidad de Ética: Unidad de Ética Pública y Prevención de Conflictos de Intereses.
Valor: Cualidad positiva de una persona o un grupo social que rige el actuar al desarrollar sus actividades.Asimismo, cualidad o conjunto de cualidades por las que una persona servidora pública es apreciada o bienconsiderada en el servicio público.
Violencia: Cualquier acción u omisión basada en el género que cause daño o sufrimiento psicológico,físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte, y que se puede presentar tanto en el ámbito privado comoen el público.
Violencia laboral: Se ejerce por las personas que tienen un vínculo laboral con la víctima,independientemente de la relación jerárquica, consistente en un acto o una omisión en abuso de poder quedaña la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de la víctima, e impide su desarrollo y atenta contrala igualdad.
4.- Misión, visión y objeto de FIRA
Misión:
Impulsar hasta consolidar un sector agroalimentario y rural incluyente, sostenible y productivo.
Visión:
Lograr un país que comparte los beneficios de un sector agroalimentario exitoso con todos susintegrantes.
Objeto de FIRA:
Los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura son fideicomisos públicos, cuyo Fideicomitentees la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Fiduciario el Banco de México y tienen como objeto otorgarcrédito, servicio de garantías, apoyos o subsidios, capacitación, asistencia técnica y transferencia detecnología a los sectores agropecuario, rural, forestal y pesquero del país, de forma directa y/o a través de losintermediarios financieros autorizados.
5.- Mensaje introductorio del Director General
Nuestro Código de Conducta fomenta el sentido de identidad con FIRA, motiva a las personas servidoraspúblicas de FIRA a reconocer y asumir como propios sus valores y conductas institucionales e invita aaplicarlo tanto en el ámbito laboral como personal.
Asumimos el compromiso de conducirnos en apego a la ética pública, los principios y valores,compromisos y reglas de integridad del servicio público, así como fomentar la austeridad republicana, lacultura de integridad, así como la identificación y gestión de los conflictos de intereses.
El Código de Conducta de FIRA es el documento rector que, permite alcanzar los objetivos y metasinstitucionales apegados a una conducta digna que responde a las necesidades de la sociedad, fortaleciendoy enalteciendo los principios constitucionales que rigen el actuar de las personas servidoras públicas de laAdministración Pública Federal.
En FIRA nos abstenemos de cometer o participar en cualquier conducta que lesiones el interés público,como son los actos de corrupción y evitamos todas aquellas conductas consideradas discriminatorias queatenten contra la dignidad de las personas- También está prohibida la violencia en cualquiera de sus formas(laboral, psicológica, verbal, física, etc.) y existe cero tolerancia a los actos de hostigamiento y al acososexual, violencia, discriminación, etc., asimismo, buscamos erradicar todo acto de corrupción.
En la Entidad se promueve la cultura de denuncia ante cualquier incumplimiento al Código de Ética de laAdministración Pública Federal y el Código de Conducta de FIRA, fortaleciendo así la cultura de denuncia quepromueva un ambiente organizacional favorable.
Las pautas contenidas en el Código de Conducta de FIRA se desprenden del análisis de los principalesriesgos éticos y de integridad de la Entidad, que pueden tener una mayor incidencia o causar mayorafectación, entre los que se encuentran los principios de legalidad, respeto a los derechos humanos, eficacia yhonradez; que permiten trabajar para su prevención.
Por lo anterior, los invito a que observen y cumplan nuestro Código de Conducta, que lo tengan presente ylo apliquen en cada una de las actividades y decisiones que tomen con motivo de su empleo, cargo ocomisión.
6.- Riesgos Éticos
El cumplimiento del Código de Conducta de FIRA permite enfrentar riesgos éticos o riesgos de integridad,que son aquellas situaciones en las que potencialmente pudieran vulnerarse principios, valores o reglas deintegridad.
FIRA promueve el financiamiento a los productores, con una perspectiva de género, no discriminación y notolerancia a la corrupción.
Es por ello que el Órgano Interno de Control (OIC) se ha realizado un diagnóstico en donde seidentificaron los principales riesgos de integridad de FIRA, a efecto de prevenir la materialización de losmismos, con insumos que fueron entregados por el Comité de Ética.
Dicho análisis se realizó considerando las denuncias atendidas tanto por el Comité de Ética, como el áreade quejas del OIC y derivado de dicho análisis se consideró que los principales riesgos de integridad quepueden tener una mayor incidencia o causar mayor afectación en FIRA son: los principios de legalidad,respeto a los derechos humanos, eficacia y honradez.
7.- Conductas de las personas servidoras públicas
Con fundamento en las directrices del art. 7 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, laspersonas servidoras públicas de FIRA observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, losprincipios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad,rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio, considerando entre otras, las siguientesdirectrices, las cuales son enunciativas más no limitativas:
I.Actuar conforme a lo que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas les atribuyen a suempleo, cargo o comisión, por lo que deben conocer y cumplir las disposiciones que regulan elejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones;
II.Conducirse con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obteneralgún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscar o aceptarcompensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización;
III.Satisfacer el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares,personales o ajenos al interés general y bienestar de la población;
IV.Dar a las personas en general el mismo trato, por lo que no concederán privilegios o preferencias aorganizaciones o personas, ni permitirán que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten sucompromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva;
V.Actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todomomento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales segúnsus responsabilidades;
VI.Administrar los recursos públicos que estén bajo su responsabilidad, sujetándose a los principios deausteridad, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos alos que estén destinados;
VII.Promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos establecidos en la Constitución;
VIII.Corresponder a la confianza que la sociedad les ha conferido; tendrán una vocación absoluta deservicio a la sociedad, y preservarán el interés superior de las necesidades colectivas por encima deintereses particulares, personales o ajenos al interés general;
IX.Evitar y dar cuenta de los intereses que puedan entrar en conflicto con el desempeño responsable yobjetivo de sus facultades y obligaciones;
X.Se abstendrán de asociarse con inversionistas, contratistas o empresarios nacionales o extranjeros,para establecer cualquier tipo de negocio privado que afecte el desempeño imparcial y objetivo enrazón de intereses personales o familiares, hasta el cuarto grado por consanguinidad o afinidad;
XI.Separarse legalmente de los activos e intereses económicos que afecten de manera directa elejercicio de sus responsabilidades en el servicio público y que constituyan conflicto de intereses, deacuerdo con lo establecido en esta Ley, en forma previa a la asunción de cualquier empleo, cargo ocomisión;
XII.Abstenerse de intervenir o promover, por sí o por interpósita persona, en la selección, nombramientoo designación para el servicio público de personas con quienes tenga parentesco por filiación hastael cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado, y
XIII.Abstenerse de realizar cualquier trato o promesa privada que comprometa al Estado Mexicano.
Con base en dichas directrices, lo antes citado, así como la misión, visión, objeto de FIRA y considerandolo analizado por el OIC y revisado por el Comité de Ética, las personas participantes aportaron suscomentarios y sugerencias, respecto de los principales riesgos de integridad identificados, principios deLegalidad, Respeto a los Derechos Humanos, Eficacia y Honradez, se redactaron y agruparon las siguientesconductas.
CÓDIGO DE CONDUCTA DE FIRA
I.Principios de Eficacia y Eficiencia:
1.Me intereso por conocer, escuchar y entender las necesidades de las personas que son usuariasde los productos o servicios que atiendo como parte de mis funciones.
2.Me aseguro que las actividades que realizo, generen productos y servicios que satisfagan lasnecesidades de las personas usuarias y le den un valor agregado.
3.Cumplo con los niveles de servicio establecidos con las personas que son usuarias de misproductos o servicios.
4.Busco la retroalimentación las personas usuarias de mis productos o servicios para mejorarcontinuamente.
5.Soy una persona empática y profesional en mi trato con las personas usuarias de mis productoso servicios
6.Ejerzo mi cargo público para el fin que fue creado, atendiendo el marco normativo aplicable.
7.Utilizo mi tiempo, equipo, materiales e instalaciones de trabajo para realizar de manera eficientey efectiva mis actividades laborales.
8.Soy una persona servidora pública que observa y fomenta con sus acciones el principio y elvalor de la austeridad republicana.
9.Dentro del ámbito laboral soy una persona moderada en mi actuar profesional, y administro losrecursos de manera racional y prudente.
10.Atiendo mis compromisos y obligaciones con oportunidad y eficiencia.
II.Principio de Honradez:
11.Garantizo el uso y aplicación transparente de los recursos humanos, materiales, financieros eintelectuales para el fin que están destinados.
12.Evito cualquier situación que pueda representar un conflicto entre mis intereses personales,familiares y de negocio con los intereses de la institución.
13.Hago un uso responsable de la información a la que por motivos de trabajo tengo acceso,cuidando su integridad y disponibilidad, en especial aquella considerada confidencial, y evito quese utilice, maneje o manipule para fines distintos a los institucionales, observando para tal efectolas leyes, reglamentos, lineamientos y/o disposiciones que resulten aplicables.
14.Soy ejemplo de honradez en todos mis actos, evitando cualquier acto de corrupción en miquehacer cotidiano, promoviendo su combate y denunciándola a fin de prevenirla erradicarla dela Institución, atendiendo la normatividad establecida para ello.
III.Principio de Respeto a los Derechos Humanos:
15.Busco que mis acciones y decisiones tengan como base la igualdad sustantiva y ofrezco un tratoamable e igualitario, sin favoritismos ni preferencias, evitando cualquier tipo de discriminación.
16.Tengo prohibida cualquier conducta o práctica que implique discriminación, hostigamientosexual, acoso sexual o acoso laboral, así como cualquier tipo de violencia y conducta que anulela dignidad y derechos humanos de las personas.
17.Evito emplear información falsa que destruya mi ambiente de trabajo y que dañe las relacionesinterpersonales.
18.Cuido la calidad de vida y el tiempo personal de quienes trabajan en la Institución y de susfamilias.
19.Cumplo con los horarios establecidos en todas las actividades de mi trabajo.
20.Cuido y promuevo la conservación del medio ambiente y mantengo buenos hábitos parapreservar mi salud y la de los demás.
21.Observo un comportamiento digno y respetuoso de los derechos humanos de todas laspersonas con las que me relaciono en mi trabajo, sean servidoras públicas o no lo sean.
IV.Principio de Legalidad:
22.Doy cumplimiento a las leyes, reglamentos, normas y políticas institucionales.
23.Reconozco y acepto las consecuencias de mis actos, evitando excusarme, justificarme, buscarpretextos o eludir compromisos que no cumplo.
24.Cumplo con mis objetivos y metas, porque tengo las competencias y los elementos para tomarlas decisiones adecuadas.
25.Rindo cuentas de mis funciones de forma transparente.
26.Denuncio el hostigamiento sexual, acoso sexual, acoso laboral, cualquier tipo de inequidad odiscriminación, en especial la discriminación por género, el incumplimiento a este Código, asícomo la violencia y las conductas delictivas o violatorias de los derechos humanos, ya que enFIRA están prohibidas y deben ser sancionadas con base en los mecanismos establecidos paraello y la legislación aplicable.
27.Llevo a cabo acciones para prevenir mi actuación bajo conflicto de intereses.
8.- Instancias de Implementación.
Órgano Interno de Control, es la autoridad al interior de las dependencias y entidades, encargada delconocimiento de denuncias por presuntas faltas administrativas en términos de la Ley General deResponsabilidades Administrativas.
El Comité de Ética (CE) es el Órgano Colegiado encargado de la interpretación, consulta y asesoría encaso de dudas o con motivo de la aplicación u observancia de los asuntos relacionados con la observación yaplicación del Código de Conducta, con la finalidad de brindar certeza a las personas servidoras públicas. Loanterior de conformidad al numeral 43, del Capítulo II, del “Acuerdo por el que se emiten los LineamientosGenerales para la integración y funcionamiento de los Comités de Ética“.
En lo referente a las consultas en materia de conflicto de intereses, podrán presentarse ante el Comité deÉtica, el cual las remitirá a la Unidad de Ética Pública y de Prevención de Conflictos de Intereses de laSecretaría de la Función Pública en términos de los numerales 91 a 94 de los Lineamientos Generales.
Para conocer a los miembros del CE, puedes descargar el directorio en la siguiente ruta de la intranet paraconsultar a las personas de contacto:
Dirección de Administración/Recursos Humanos/Comité de Ética /Directorio del Comité de Ética (CE).
9. Protesta del Código de Conducta
El personal de la Entidad protesta cumplir el Código de Conducta de FIRA mediante una“Cartacompromiso“, en la que asienta conocer, comprender y dar cumplimiento a dicho instrumento, en términos delartículo 23 de la Ley Federal de Austeridad Republicana, y el numeral 8, fracción XIII, de los Lineamientos enmateria de Austeridad Republicana de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de laFederación el 18 de septiembre de 2020.
Carta compromiso
La Carta Compromiso tiene el propósito de que las personas servidoras públicas que laboran en laInstitución la suscriban, dejando constancia de que conocen y comprenden el Código de Conducta y, por lotanto, asumen el compromiso de cumplirlo durante el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función.
Todas las personas servidoras públicas de FIRA deberán suscribir la Carta Compromiso, la cual, podrándescargar en la siguiente ruta:
Dirección de Administración/Recursos Humanos/Comité de Ética/Nuestro Código de Conducta/Cartacompromiso.
LOGOTIPO FIRA
Leyenda del año correspondiente
Lugar y fecha
Con fundamento a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 23 de la “Ley Federal de AusteridadRepublicana“, a la fracción XIIl del numeral 8 de los “Lineamientos en materia de Austeridad Republicana dela Administración Pública Federal“, se emite la presente:
CARTA COMPROMISO
Yo Nombre completo de la persona servidora pública, PROTESTO conocer, comprender y cumplir,durante el desempeño de mi empleo, cargo, comisión o función el Código de Conducta de FIRA y mecomprometo a:
·Actuar en apego a los principios, valores y reglas de integridad contenidas en el Código de Ética delas personas servidoras públicas del Gobierno Federal.
·Conducirme de acuerdo con los valores y conductas esperadas en el Código de Conducta de FIRA.
·Comportarme en apego a las disposiciones legales aplicables a mis funciones, donde prevalezca entodo momento, como criterio orientador, el bienestar de la sociedad.
Por lo anterior, manifiesto que es mi voluntad suscribir la presente carta compromiso.
_________________________________
Nombre y firma, Puesto o cargo, Unidad Administrativa
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Código de Conducta, entrará en vigor al día siguiente de su publicación y abroga lasediciones anteriores emitidos por la Entidad.
Ciudad de México, a 5 de diciembre de 2023.- El Director General de FIRA, Jesús Alan ElizondoFlores.- Rúbrica.
(R.- 545438)
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