“Las motocicletas y bicicletas deberán contar con frenos de servicio independientes en cada una de las llantas”, es un extracto del inciso c, de la fracción II del Artículo 24 del Reglamento de Tránsito y Vialidad de Monterrey, el cual habla de los aditamentos que deben tener todos los vehículos que circulan por el municipio.
Esto significaría que cualquier bicicleta fixie o de piñón fijo que ruede por el municipio estaría incumpliendo con esta norma, por lo que su uso sería irregular para las reglas estatales, por lo que cualquier agente podría hacer mención de esta situación al operador con el fin de que coloque el dispositivo correspondiente.
No obstante, dentro del municipio no hay ninguna pena a bicicletas por no llevar este tipo de aditamento que permita el disminuir la velocidad en ambas ruedas. Por tanto, aunque el uso de estos vehículos no cumplan con lo exigido en el Reglamento, no hay ninguna ley que lo sancione y será únicamente el conductor quien disponga si quiere acatar la regla.
¿Qué es una bicicleta fixie?
Normalmente, las bicis tienen mecanismos que les permiten a sus usuarios mover los pedales hacia atrás sin que esto signifique un movimiento del vehículo. A la par, las fixies son unidades que no cuentan con frenos, sino con un sistema que permite que se pueda pedalear hacia adelante o hacia atrás.
Esta maniobra permite llevar a cabo diversas acciones para disminuir la velocidad y así continuar con la ruta sin problemas. Además de esto, estas máquinas impiden que los conductores puedan dejar de mover los pies, tal y como sí se puede en otras bicicletas convencionales.
Si bien para algunas personas este tipo de vehículo le puede parecer riesgoso, para muchos es un estilo de vida y una forma de moverse de manera más eficiente, debido a que no hay ningún punto muerto a la hora de circular, lo cual permite velocidades altas sin problemas. Además de esto, su mantenimiento es casi nulo por la simplicidad de sus componentes.

¿Cuál es la única multa para ciclistas en Monterrey?
De acuerdo con el Artículo 24 del Reglamento de Tránsito y Movilidad de Monterrey, los conductores de bicicletas deben colocar un un faro o reflejante de color blanco en la parte delantera de su vehículo, así como uno de color rojo en la parte trasera.
Con esto se busca que los operadores de bicis puedan hacerse notar en condiciones de poca visibilidad como en la noche, con la presencia de niebla o de lluvia. Es decir, es un aditamento solicitado por y para su seguridad.
El no cumplir con esta norma implica que los ciclistas del municipio sean sometidos a una multa de 15 a 20 veces la Unidad de Media y Actualización (UMA) vigente, por lo que estarían obligados a desembolsar entre mil 697 pesos a dos mil 262 pesos con 80 centavos.
Cortesía de El Heraldo de México.