CIUDAD DE MÉXICO (apro) .- En medio de su inminente desaparición, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) sancionó a Telcel de Carlos Slim, por incurrir en una práctica monopólica que afectó a la competencia y a los consumidores del servicio de telefonía móvil en todo el país.
La resolución también alcanzó a Impulsora de Mercados de México (IMMEX) y a Cadena Comercial Oxxo (Oxxo), a quienes se le acusó de haber facilitado la ejecución de la práctica anticompetitiva atribuida al hombre más rico de México.
De acuerdo con el documento oficial emitido por el IFT, la conducta imputada a Telcel consistió en “el otorgamiento de incentivos y beneficios a Oxxo e IMMEX, así como un canal de distribución indirecto, con la condición de no comercializar tarjetas SIM de agentes económicos que afectaran a Telcel, a nivel nacional”.
El organismo acreditó que esta estrategia se implementó entre enero de 2021 y enero de 2024. En ese periodo, Telcel logró excluir a sus competidores del canal de distribución que representa la cadena Oxxo —una de las más importantes del país en venta minorista— afectando directamente el acceso de los usuarios a alternativas en el servicio móvil.
“El objeto y efecto de Telcel fue impedir el acceso a sus competidores al Mercado Relevante y al Mercado Relacionado de telefonía móvil en detrimento de los usuarios, al restringir sus opciones para adquirir tarjetas SIM en las Tiendas Oxxo e impedir que contaran con alternativas de acceso al servicio de telefonía móvil de distintos proveedores”, puntualiza el texto.
Por ello, el IFT impuso una multa de mil 782.6 millones de pesos a Telcel, mientras que IMMEX y Oxxo deberán pagar 19.5 millones de pesos cada una.
Las sanciones se derivan de una investigación iniciada en agosto de 2021 por la Autoridad Investigadora del IFT, la cual culminó en mayo de 2024 con la emisión de un Dictamen de Probable Responsabilidad, luego de acreditar los elementos constitutivos de la conducta anticompetitiva.
La defensa de Telcel
Por su parte, Telcel rechazó “categóricamente haber cometido la práctica referida” y descalificó tanto el proceso como la sanción impuesta.
“Esta multa arbitraria y desproporcionada se basa en dichos de un competidor y en una investigación que se caracterizó por el actuar parcial y carente de pruebas por parte de la Autoridad Investigadora del IFT”, sostuvo la empresa a través de un posicionamiento enviado a la Bolsa Mexicana de Valores.
Cortesía de Proceso.