Política

TEPJF valida reelección de Alejandro Moreno Cárdenas en el PRI

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó las reformas a los estatutos del PRI que permitieron la reelección de Alejandro Moreno Cárdenas, por lo que el dirigente podrá estar al frente del instituto político por hasta ocho años más.

Los magistrados Felipe Fuentes Barrera, Felipe de la Mata Pizaña y Mónica Soto Fregoso, presidenta de la Sala Superior, revocaron el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) que invalidó las reformas a los estatutos del PRI el pasado 12 de septiembre y, en plenitud de jurisdicción, avalaron las modificaciones.

Los tres magistrados rechazaron el proyecto de la magistrada Janine Otálora Malassis que proponía desechar la impugnación del PRI contra la determinación del INE, pues argumentaron que la Constitución no prohíbe la reelección de los dirigentes partidistas.

El magistrado Felipe Fuentes Barrera afirmó que las reformas a los estatutos del PRI son constitucionales y que la reelección es un reconocimiento al desempeño de Alejandro Moreno Cárdenas al frente del PRI.

“Esas modificaciones son constitucionales, en tanto que la norma se dirige a fortalecer a la dirigencia del partido por medio de la elección consecutiva, en reconocimiento a su desempeño al frente de la representación partidista, sin que ello signifique la permisión de que se perpetúe la persona en los cargos de elección”.

Considero válido que los partidos políticos contemplen la posibilidad de reelección en su régimen interno, debemos aquí recordar que no existe prohibición constitucional expresa respecto a la reelección de los integrantes de los órganos de dirección partidistas”, sostuvo el magistrado Fuentes Barrera.

La magistrada Mónica Soto Fregoso, presidenta de la Sala Superior, tampoco coincidió con el proyecto de Otálora Malassis, pues recordó que los partidos tienen derecho a la autodeterminación y autoorganización.

“(El acuerdo del INE impone una) restricción indebida al referido derecho de autodeterminación y autoorganización del partido recurrente (PRI) si no hay una especificación o una restricción, prohibición”, dijo.

El pasado 12 de septiembre, el Consejo General del INE invalidó las reformas a los estatutos del PRI, al argumentar que el artículo 34 de la Ley General de Partidos Políticos prohíbe modificar los documentos básicos de un partido político durante un proceso electoral. Además, la autoridad electoral se declaró incompetente para analizar la procedencia constitucional de las reformas, y por lo tanto la reelección de Alejandro Moreno Cárdenas.

Cortesía de El Sol de México.

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