México

Pensión Bienestar para adultos mayores 2025: ¿a quién se transfiere el apoyo económico si el beneficiario muere?

La Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores 2025 es uno de los programas sociales del Gobierno federal enfocado en mejorar la calidad de vida de las personas mayores de 65 años mediante un apoyo económico de 6 mil 200 bimestrales, los cuales se depositan en la Tarjeta del Banco de Bienestar.

Con dicha tarjeta pueden realizar el pago de diversos productos en supermercados, tiendas de conveniencia, farmacias o restaurantes o pueden realizar el pago de servicios de luz, agua, teléfono, internet y televisión, incluso para llevar a cabo compras en línea en aquellos sitios donde acepten una tarjeta de débito.

La fecha del próximo registro a la Pensión Bienestar aún no ha sido dada a conocer por la Secretaría de Bienestar; sin embargo, la titular de esta dependencia invitó a las y los interesados mantenerse pendiente de la información oficial sobre la siguiente convocatoria.

Como en ocasiones anteriores, el registro se realiza personalmente en los módulos del Bienestar, que pueden ser consultados en el portal de internet: ubicatumodulo.bienestar.gob.mx. Los documentos que se necesitan son los siguientes:

  • Acta de nacimiento;
  • Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte o tarjeta del INAPAM);
  • CURP;
  • Comprobante de domicilio  no mayor a 6 meses de antigüedad;
  • Teléfono de contacto.
¿Qué pasa con su pensión en caso de fallecimiento? Foto: Secretaría Bienestar/Cuartoscuro

¿A quién se transfiere el apoyo económico si el beneficiario muere?

Una de las preguntas que puede surgir alrededor de la Pensión Bienestar de las Personas Adultas Mayores 2025 es qué ocurre con el apoyo económico en caso de que el o la beneficiaria muera, si este dinero se transfiere a los familiares o se suspende. Por lo que aquí se explicará qué ocurre con los 6 mil 200 pesos bimestrales. 

En caso de fallecimiento del titular, el apoyo económico no se transfiere a ningún familiar, es decir, se suspenden los pagos bimestrales. En todo caso tendrá que esperar a cumplir con los requisitos para poder ser beneficiario; sin embargo, si el adulto mayor registró a un familiar como auxiliar, antes de morir, puede recibir el Pago de Marcha, un apoyo para cubrir los gastos funerarios. Para obtenerlo se deben entregar los siguientes documentos en alguno de los módulos de Bienestar:

  * Acta de defunción del beneficiario;
  * Identificación oficial del familiar;
  * CURP del familiar;
  * Comprobante de domicilio.
  

Cortesía de El Heraldo de México.

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