Trabajar de pie sin tener descanso o sin poder sentarte un momento para tomar un respiro, ya no será obligatorio para ti, si es que así lo llevas a cabo en tus actividades laborales. Con la aprobación de la Ley Silla, se tiene como objetivo que trabajadoras y trabajadores tengan derecho a descansar en un asiento con respaldo, durante su jornada laboral.
Empleados y empleadas de tiendas departamentales, en cines, restaurantes, tiendas de conveniencia y más, tendrán los beneficios de esta llamada Ley Silla, cuya implementación está pronta en México y será obligatorio aplicarla por parte de las empresas y empleadores.
A continuación te compartimos cuándo se comenzará a aplicar la Ley Silla en México, además de los beneficios que traerá para los trabajadores en nuestro país, así como qué pasará si no se aplica o permite a las y los empleados tomar asiento durante su jornada laboral.
¿Cuándo entra en vigor la Ley Silla y en qué consiste?
Será el próximo 17 de junio cuando la Ley Silla entre en vigor, luego de haber sido publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma que obliga a patrones a proveer asientos o sillas con respaldo a personas trabajadoras.
Dicha reforma, establece en el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), que es obligación de las personas empleadoras “proveer suficientes asientos o sillas con respaldo a todas las personas trabajadoras en los sectores de servicio y comercio, para la ejecución de sus funciones o para el descanso periódico durante la jornada laboral”.
La reforma a la Ley Silla añade que “en el caso de descansos periódicos, los asientos o sillas con respaldo deberán estar ubicados en áreas específicas que, para tal efecto se designen en las mismas instalaciones del lugar de trabajo”.
¿Qué pasará con aquellas empresas que no cumplan con la Ley Silla?
Aquellas empresas que no cumplan con lo determinado en la Ley Silla, como parte de de la reforma hecha al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, enfrentarán sanciones económicas que van de los 250 a las 2,500 UMA’s, es decir, 28,285 pesos y 282, 850 pesos.
Los empleadores que están obligados a cumplir con la Ley Silla son:
- Retail (tiendas departamentales, supermercados)
- Restaurantes y cafeterías
- Servicios (atención al cliente, cajeros, recepcionistas)
- Cualquier giro con labores que exijan estar de pie por horas
Además, se modificó el artículo 133 XVII Bis, el cual quedó de la siguiente manera: “Se prohíbe a las personas empleadoras obligar a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante toda la jornada laboral o impedirles tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones”.
Cortesía de El Heraldo de México.