Connect with us

¿Qué deseas buscar?

Pasantes DF
Pasantes DF
DOF
DOF

DOF

PODER EJECUTIVO CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Consejo de Salubridad General.

El Consejo de Salubridad General, con fundamento en los artículos 1o y 4o, párrafo cuarto y 73, fracción XVI, base 1a de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2o, fracción II; 3o, fracciones II y XXVII Bis, 4o, fracción II, 6o, fracción I, 15, 17, fracción VI, 27, fracción III y 166 Bis, 166 Bis 3 y 166 Bis 13 de la Ley General de Salud, así como 1, 3, 9, fracciones II y VI y 10, fracción VIII del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 1o, párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como criterios reiterados del Poder Judicial de la Federación, reconocen el valor superior de la dignidad humana como un derecho fundamental, base y condición de todos los demás;

Que el artículo 4o, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud;

Que en términos de lo dispuesto en los artículos 73, fracción XVI, bases 1a. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 4o, fracción II de la Ley General de Salud, el Consejo de Salubridad General tiene el carácter de autoridad sanitaria y sus disposiciones generales serán obligatorias para las autoridades administrativas del país;

Que el Consejo de Salubridad General, con base en las atribuciones que le concede la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Salud, su Reglamento Interior y otros ordenamientos jurídicos, participa en el ámbito de su competencia, en la consolidación y funcionamiento del Sistema Nacional de Salud;

Que la legislación sanitaria determina, entre otros principios, salvaguardar la dignidad de los enfermos en situación terminal para garantizar una vida de calidad a través de los cuidados y atenciones médicas necesarias para ello; garantizar una muerte natural en condiciones dignas a los enfermos en situación terminal; establecer y garantizar los derechos del enfermo en situación terminal en relación con su tratamiento; dar a conocer los límites entre el tratamiento curativo y el paliativo; determinar los medios ordinarios y extraordinarios en los tratamientos, así como establecer los límites entre la defensa de la vida del enfermo en situación terminal y la obstinación terapéutica;

Que la Ley General de Salud contempla, en su Título Octavo Bis, disposiciones para los cuidados paliativos a los enfermos en situación terminal;

Que el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestaciones de Servicios de Atención Médica, establece los procedimientos generales para la prestación de cuidados paliativos adecuados a los usuarios de cualquier edad que cursan una enfermedad en estado terminal;

Que el 26 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General declara la Obligatoriedad de los Esquemas de Manejo Integral de Cuidados Paliativos, así como los procesos señalados en la Guía del Manejo Integral de Cuidados Paliativos;

Que el 14 de diciembre de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se declara la obligatoriedad de los esquemas de manejo integral de cuidados paliativos, así como los procesos señalados en la Guía del Manejo Integral de Cuidados Paliativos en el Paciente Pediátrico;

Que la Norma Oficial Mexicana NOM-011-SSA3-2014, Criterios para la atención de enfermos en situación terminal a través de cuidados paliativos, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2014, con el objeto de establecer los criterios y procedimientos mínimos indispensables, que permitan prestar, a través de equipos inter y multidisciplinarios de salud, servicios de cuidados paliativos a los pacientes que padecen una enfermedad en situación terminal, a fin de contribuir a proporcionarles bienestar y una calidad de vida digna hasta el momento de su muerte, promoviendo conductas de respeto y fortalecimiento de la autonomía del paciente y su familia, previniendo posibles acciones y conductas que tengan como consecuencia el abandono o la prolongación de la agonía, así como evitar la aplicación de medidas que potencialmente sean susceptibles de constituirse en obstinación terapéutica;

Que la medicina paliativa busca la calidad de vida de pacientes y sus familias con la mejora de problemas asociados con enfermedades que amenazan la vida, a través de la prevención del sufrimiento por medio de la identificación temprana, la evaluación impecable, el tratamiento del dolor crónico y sus consecuencias, no solo en situaciones terminales sino también en la eliminación del dolor crónico causado por los padecimientos, hasta donde las disciplinas médicas lo permitan;

Que es necesario superar el concepto tradicional de cuidados paliativos, para reconocer una disciplina que requiere la concurrencia de múltiples actividades profesionales necesarias por el país y que se trata de la medicina paliativa;

Que en el ámbito del dolor se aborda y destaca específicamente al dolor crónico que caracteriza a los pacientes que padecen una enfermedad incurable, progresiva y potencialmente mortal. La regulación vigente y las acciones ejecutadas por los prestadores de servicios médicos en este tema, a la fecha, se han enfocado al tratamiento de pacientes en situación terminal, sin embargo, hoy los criterios internacionales han evolucionado y han hecho necesario dar especial atención al dolor crónico en cualquier paciente que no necesariamente se encuentre en situación terminal;

Que la normatividad vigente, así como las acciones implementadas en la atención de los enfermos con dolor, se ha centrado en los cuidados paliativos, entendiéndose por éstos, como una serie de acciones o actividades tendientes a tratar de mitigar el dolor en los pacientes que ya no responden a tratamiento curativo, sin embargo, los criterios médicos se han venido actualizando para transitar del cuidado a una medicina paliativa, como una rama y especialidad de la medicina que permite prevenir el sufrimiento y controlar el dolor crónico de manera integral;

Que hoy las clínicas del dolor y los servicios de cuidados paliativos están encargados a otras áreas o divisiones como consulta externa y hospitalización o quirúrgicas, por lo que existe la necesidad de erigir y crear áreas responsables, y especializadas en la atención del dolor crónico y medicina paliativa dentro del organigrama institucional;

Que la autoridad sanitaria tiene la obligación de verificar el debido cumplimiento de la regulación sobre la atención del dolor crónico y la aplicación permanente de la medicina paliativa, conforme a la regulación antes mencionada, para salvaguardar la dignidad de los enfermos y garantizar una vida de calidad a través de los cuidados y atenciones médicas; y

Que en virtud de lo anterior, y para estar en aptitud de verificar el debido cumplimiento de la normatividad en materia de cuidados paliativos, así como con el propósito de identificar mejoras y necesidades a satisfacer que incidan en la prestación de los cuidados paliativos, es necesario conocer la información de los integrantes del Sistema Nacional de Salud con el objetivo de conseguir un diagnóstico situacional sobre los avances y condiciones en que se están otorgando los servicios y con ello implementar acciones que fortalezcan esta política de salud en favor de la población que los requiere, para ello, el Consejo de Salubridad General ha tenido a bien expedir el siguiente:

EXHORTO A LOS INTEGRANTES DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD PARA QUE PROPORCIONEN
INFORMACIÓN RELEVANTE A ESTE CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL RESPECTO DE LA
ATENCIÓN DEL DOLOR CRÓNICO Y APLICACIÓN PERMANENTE DE LA MEDICINA PALIATIVA QUE
BRINDAN A LA POBLACIÓN ADULTA Y PEDIÁTRICA.

Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; las de las entidades federativas, así como las instituciones del sector privado que presten servicios de salud, considerarán un término de hasta 120 días hábiles, contados a partir de la publicación del presente en el Diario Oficial de la Federación, para la realización y remisión de un diagnóstico sobre la atención del dolor crónico y aplicación permanente de la medicina paliativa, conforme a la cédula que forma parte del presente exhorto.

Así lo aprobaron los CC., integrantes del Consejo de Salubridad General, que estuvieron presentes durante su Primera Sesión Ordinaria, celebrada el día 11 de agosto de 2021.

Para efecto de lo dispuesto en el artículo 11 fracción IX, del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General, suscribo el presente exhorto emitido por el Pleno del propio Consejo. José Ignacio Santos Preciado.Rúbrica.

Ciudad de México, a 20 de septiembre de 2021.El Secretario del Consejo de Salubridad General, José Ignacio Santos Preciado.- Rúbrica.

Cédula para el diagnóstico situacional sobre el control del Dolor Crónico y la aplicación de la Medicina Paliativa. Consejo de Salubridad General.

FECHA: (día/mes)

Nombre completo del establecimiento de atención médica (EAM):

 

Entidad federativa:

 

Ciudad:

 

Dirección:

Nombre completo, profesión (especialidad si la tiene), cargo oficial y número telefónico de quien brida la información:

 

 

Coloque una X en la respuesta que corresponda

¿El establecimiento de atención médica cuenta con servicio de cuidados paliativos?

No

¿El establecimiento de atención médica cuenta con clínica del dolor?

No

Si la respuesta fue negativa en ambas preguntas, aquí termina y muchas gracias por su colaboración.

 

Si la respuesta fue positiva en cualquiera de la dos preguntas, continúe por favor.

 

Institución a la que pertenece el establecimiento de atención médica:

IMSS

PEMEX

ISSSTE

SS

SEDENA

SEMAR

ISSEMyN

TELETON

PRIVADO

Otro

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Si la respuesta fue otro, escriba el nombre completo de la institución:

 

Según el organigrama del EAM, ¿de qué área o división depende la clínica del dolor?

Según el organigrama del EAM, ¿de qué área o división depende el servicio de cuidados paliativos?

Si lo hay, ¿qué profesión y especialidad tiene el jefe de la clínica del dolor?

 

Si existe el servicio, ¿qué profesión y especialidad tiene el jefe que la dirige?

 

 

INFRAESTRUCTURA

¿En su EAM existe clínica del dolor?

No

De haber en su EAM ¿la clínica del dolor y los cuidados paliativos son un solo servicio?

No

De ser un solo servicio:

¿Cuenta con área física exclusiva?

No

Si la respuesta fue negativa, ¿con quién la comparte?

 

¿El servicio de cuidados paliativos tiene área de hospitalización?

No

¿Cuenta con camas exclusivas?

No

Si la respuesta fue negativa, ¿hay facilidad para obtener una cama en hospital?

No

¿Existe consulta externa para cuidados paliativos?

No

De ser positiva la respuesta anterior, ¿cuántos consultorios existen? ( ______________ )

Si el EAM no es pediátrico ¿Cuenta con un servicio de cuidados paliativos pediátricos independiente al adulto?

En caso de respuesta positiva, por favor: Haga una Cédula por cada servicio. Gracias.

No

Si la clínica del dolor está por separado:

¿La clínica del dolor cuenta con área física exclusiva?

No

Si la respuesta fue negativa, ¿con quién la comparte?

 

¿Existe un área específica para intervencionismo?

No

¿La tecnología para intervencionismo en dolor, es propia del establecimiento?

No

 

CAPITAL HUMANO

¿Existe un Comité de Cuidados Paliativos en el EAM?

No

¿Cuenta con un equipo multidisciplinario para brindar atención paliativa en su EAM?

No

Especifique el número de profesionales que participan en la atención paliativa en su EAM

Médico
general y
paliativista

Médico
especialista y
paliativista

Médico
especialista en
Medicina
Paliativa

Enfermera con
curso en cuidados
paliativos

Anestesiólogo
con curso de
algología

Trabajo
social

Médico
General

Enfermera
(o) general

Psicólogo (a)
con curso en
tanatología

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Psicólogo

Residentes

Médicos internos

Estudiantes de
medicina

Estudiantes de
enfermería

Voluntarios

Líderes
espirituales

Médicos
con
recetario
electrónico

Personal
administrativo

 

 

 

 

 

 

 

 

 

De haber clínica del dolor por separado, especifique el número de profesionales que participan en ella.

Médico
especialista

Anestesiólogo
con curso de
algología

Médico
especialista con
curso de
algología

Enfermera(o)
especialista

Enfermera (o)
general

Trabajo
social

Psicólogos

Médicos
Residentes

Personal
administrativo

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MODELO DE ATENCIÓN

¿Cuántos días a la semana se proporciona Atención Paliativa?

( )

¿En cuántos turnos se proporciona la atención paliativa?

( )

¿El EAM brinda atención telefónica sobre cuidados paliativos?

No

De ser positiva la respuesta anterior, ¿quién la otorga y en qué horario?

 

¿El EAM brinda atención domiciliaria sobre cuidados paliativos?

No

Si contestó que sí: ¿quién acude a proporcionarla a los domicilios?

 

¿Existe apoyo de transporte para el equipo de cuidados paliativos en las visitas domiciliarias?

No

¿El EAM forma parte de una red institucional de cuidados paliativos?

No

¿Existe algún convenio de colaboración del EAM con otras instancias para garantizar la continuidad de la atención del paciente en situación paliativa?

No

¿El EAM tiene estrategias para que el paciente tenga continuidad en su atención, independiente a su situación económica?

No

 

INSUMOS

¿Los medicamentos para la atención paliativa son acordes a las necesidades del servicio de cuidados paliativos?

No

¿El material de curación para la atención paliativa es suficiente para las necesidades del servicio de cuidados paliativos?

No

¿Los medicamentos disponibles para el control adecuado del dolor crónico son acordes a las necesidades de la atención de la población usuaria de la clínica del dolor?

No

¿En este EAM existe suficiencia de los insumos no medicamentosos para la atención de pacientes con dolor crónico?

No

¿En este EAM los insumos no medicamentosos para la atención del dolor crónico, están disponibles de manera oportuna?

No

 

Señale con una X los OPIOIDES que en el último semestre han tenido desabasto en su EAM.

 

Morfina Inyectable

 

Morfina oral

 

Buprenorfina Inyectable

 

Buprenorfina sublinguales

 

Buprenorfina Transdérmica

 

Fentanyl inyectable

 

Fentanyl Transdérmico

 

Oxicodona oral

 

Oxicodona Inyectable

 

Metadona Inyectable

 

Metadona Oral

 

Hidromorfona Inyectable

 

Hidromorfona oral

 

Tapentadol oral

 

Tramadol Inyectable

 

Tramadol oral

 

Con los opioides disponibles en el servicio de cuidados paliativos, ¿se ha podido atender con eficiencia a las necesidades de los pacientes?

No

Con los opioides disponibles en la clínica del dolor ¿se ha podido atender con eficiencia a las necesidades de los pacientes que sufren dolor crónico?

No

 

ESTADÍSTICA

¿El EAM cuenta con un censo o registro de pacientes en situación paliativa?

No

De ser la respuesta positiva, escriba el número total de pacientes en atención paliativa: ____________

¿Cuántas consultas se otorgan en promedio mensual en el servicio de Cuidados Paliativos? _____________

¿El EAM cuenta con un censo o registro de pacientes atendidos en la clínica del dolor?

No

De ser la respuesta positiva, escriba el número total de pacientes: ____________

¿Cuántas consultas se otorgan en promedio mensual en el servicio de Cuidados Paliativos? _____________

De contar con área de intervencionismo, ¿Cuántos pacientes se atienden en promedio mensual?: _________

ENSEÑANZA E INVESTIGACIÓN

¿El EAM tiene personal en formación de posgrado en Medicina Paliativa?

No

¿En 2020 y 2021 el EAM impartió o impartirá cursos de alta especialidad en Algología?

No

¿En 2020 y 2021 el EAM impartió o impartirá cursos de Cuidados Paliativos?

No

¿En el EAM se realiza investigación en Control del dolor crónico o en Medicina Paliativa?

No

¿El EAM cuenta con alguna (s) publicación (es) sobre control del dolor crónico o medicina paliativa?

No

En caso de respuesta afirmativa, escriba el número de estudios publicados: ___________

En caso de respuesta negativa, ponga una X en las causas que usted considera (puede elegir más de una):

a)     No hay interés del personal.

b)     Se carece de formación en investigación.

c)     No hay presupuesto para ello.

d)     Exceso de trabajo.

De considerar otra, especifíquela:

 

 

Favor de remitir el formato contestado al siguiente correo: [email protected]

___________________________

 





Dejanos un comentario:

Te podría interesar

México

 El candidato a jefe de Gobierno de la CDMX por la oposición, Santiago Taboada, denunció este viernes la “detención ilegal” de la dirigente comercial...

Titulares

Miles de mujeres no tuvieron motivos para festejar el Día de las Madres, y en su lugar protestaron en todo el País por sus hijos desaparecidos...

Política

Pemex deberá reactivar la pensión de María Amparo Casar, presidenta de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI). Esto luego de que un...

México

Como anticipó LPO, tanto el oficialismo de la CDMX como la oposición que encabeza Santiago Taboada creen que las elecciones locales del 2 de...

Blog Legal

Contenido1 Buscar2 Sociedad3 Listas para sangrar4 La juez5 Otras Noticias6 Sheinbaum desestima informe de la DEA sobre el CJNG y Cártel de Sinaloa7 Juez...

Titulares

Para beneficiar de manera directa a miles de familias que dependen de la pesca, la gobernadora de Baja California, Marina del Pilar Avila Olmeda,...

Titulares

La Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGEM) determinó que la detención de estudiantes por parte de la Policía Municipal de Naucalpan, tras la riña en...

Videos

🌟 Algo grande está por cumplir 15 años en el #PJCDMX y no podríamos estar más emocionados. ¡Mantente atento para más detalles muy pronto!...

México

En las elecciones de junio, Morena buscará recuperar la alcaldía de Miguel Hidalgo con la candidatura del ahora exdiputado federal Miguel Torruco, quien cuenta...

Política

EFE.- La candidata presidencial de la oposición mexicana Xóchitl Gálvez llamó este sábado “malagradecida” a su rival, Claudia Sheinbaum, tras un lapsus en el...

Titulares

+ En vez de silenciar a familiares de víctimas, hay que apoyar y tender puentes de comunicación con colectivos que tienen seguimiento en varios...

Política

EFE.- El Instituto Nacional Electoral (INE) afirmó este sábado que es “imposible” que exista un fraude durante el conteo de votos de los comicios...

Política

Con el objeto de impulsar un sistema judicial más eficaz y transparente, incluso en la prevención del delito, el candidato de la Alianza “Va...

Política

México es uno de los lugares más peligrosos del mundo para ser político, advierte el Instituto para la Economía y la Paz (IEP) en...

Titulares

En un esfuerzo por mantener la transparencia y eliminar las prácticas corruptas en la asignación de contratos públicos, las candidatas de “Fuerza y Corazón...