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DOF: 11/10/2023 |
ACUERDO por el que se emite la Declaratoria del Polo de Desarrollo para el Bienestar Matías Romero Avendaño
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- MARINA.- Secretaría de Marina.- Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec.
RAYMUNDO PEDRO MORALES ÁNGELES, Director General del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 22, primer párrafo, fracciones I y II y último párrafo, y 59, fracciones I, XII y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 4, fracciones VIII y XII, 9, fracción V, 10 y 11, fracciones V, VI y XIV del Decreto por el que se crea el organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, no sectorizado, denominado Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec y el diverso que lo reforma; 13, fracción III y último párrafo del Estatuto Orgánico del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, así como en el Acuerdo CIIT-23-XVI-SO-10 adoptado por la Junta de Gobierno del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec en la XVI Sesión Ordinaria celebrada el cuatro de octubre de 2023, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 26, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico, el empleo, así como una justa distribución del ingreso y la riqueza, para garantizar que ésta sea integral y sustentable y que permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales. Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la Nación;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 establece en su Eje General I. “Política y Gobierno“, apartado “Cambio de Paradigma“, entre otros objetivos, garantizar el empleo, la educación, la salud y el bienestar, mediante la creación de puestos de trabajo, la inversión en infraestructura y los proyectos regionales, entre los cuales se encuentra el Programa para el Desarrollo del Istmo de Tehuantepec, cuyo eje es el Corredor Multimodal Interoceánico;
Que el 14 de junio de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se crea el organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, no sectorizado, denominado Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec (Decreto), el cual fue modificado mediante diverso publicado en el mencionado órgano de difusión oficial el 14 de marzo de 2023;
Que el artículo 1 del Decreto antes mencionado señala que el objeto de dicho organismo es instrumentar una plataforma logística multimodal que integre la prestación de servicios de las administraciones del sistema portuario nacional Coatzacoalcos S.A. de C.V., Salina Cruz S.A. de C.V., Dos Bocas S.A. de C.V. y Puerto Chiapas, S.A. de C.V., y su interconexión mediante transporte ferroviario, por conducto del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., así como adquirir, desarrollar, fraccionar, comercializar, concesionar, adjudicar y, en su caso, enajenar los inmuebles que integran su patrimonio, que permita llevar a cabo el establecimiento de los polos de desarrollo para el bienestar, con base en las vocaciones productivas que se determinen para los polígonos correspondientes de la región del Istmo de Tehuantepec, con una visión integral, sustentable, sostenible e incluyente, que fomente el crecimiento económico, productivo y cultural;
Que el artículo 4, fracción VIII, del Decreto señala que, para cumplir con su objeto, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec deberá emitir las declaratorias de los Polos de Desarrollo para el Bienestar;
Que el artículo 9, fracción V, del Decreto dispone que la Junta de Gobierno aprobará la declaratoria de los Polos de Desarrollo para el Bienestar, conforme a los requisitos que la propia Junta establezca, y
Que la Junta de Gobierno aprobó la presente Declaratoria mediante Acuerdo CIIT-23-XVI-SO-10 de fecha cuatro de octubre de 2023, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITE LA DECLARATORIA DEL POLO DE DESARROLLO PARA EL BIENESTAR MATÍAS ROMERO AVENDAÑO
CAPÍTULO I
OBJETO
ARTÍCULO PRIMERO. El presente Acuerdo tiene por objeto declarar el Polo de Desarrollo para el Bienestar Matías Romero Avendaño y delimitar el área geográfica del Istmo de Tehuantepec en donde se ubica.
CAPÍTULO II
DELIMITACIÓN DEL ÁREA GEOGRÁFICA
ARTÍCULO SEGUNDO. Se declara como Polo de Desarrollo para el Bienestar Matías Romero Avendaño a la superficie de 179-27-45.9949 hectáreas (CIENTO SETENTA Y NUEVE HECTÁREAS, VEINTISIETE ÁREAS, CUARENTA Y CINCO PUNTO NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CENTIÁREAS), ubicada en el municipio de Matías Romero Avendaño, estado de Oaxaca, de conformidad con el cuadro de construcción y el croquis de ubicación siguientes:
CUADRO DE CONSTRUCCIÓN
Sistema de coordenadas Universal Transversal de Mercator (UTM), Zona 15Q, datum WGS84
|
LADO
|
RUMBO
|
DISTANCIA
|
VÉRTICE
|
COORDENADAS
|
EST
|
PV
|
X
|
Y
|
|
|
|
|
1A
|
281,999.704
|
1,905,075.739
|
1A
|
2A
|
S 36°01’19.01″ W
|
214.292
|
2A
|
281,873.678
|
1,904,902.421
|
2A
|
4A
|
S 33°06’53.88″ W
|
71.777
|
4A
|
281,834.464
|
1,904,842.302
|
|
|
radio = 414.2413
|
long. curva = 71.8673
|
3
|
282,199.725
|
1,904,646.904
|
|
|
delta = 09°56’25.17″
|
sub. tan. = 38.5465
|
|
|
|
4A
|
6A
|
S 11°22’25.80″ W
|
135.860
|
6A
|
281,807.671
|
1,904,709.111
|
|
|
radio = 257.2572
|
long. curva = 137.4905
|
5
|
282,064.322
|
1,904,726.774
|
|
|
delta = 30°37’17.73″
|
sub. tan. = 70.4297
|
|
|
|
6A
|
7A
|
S 03°50’15.86″ E
|
88.030
|
7A
|
281,813.563
|
1,904,621.278
|
7A
|
9A
|
S 09°26’19.85″ W
|
129.842
|
9A
|
281,792.270
|
1,904,493.195
|
|
|
radio = 318.615
|
long. curva = 130.7571
|
8
|
281,495.209
|
1,904,608.392
|
|
|
delta = 23°30’49.49″
|
sub. tan. = 66.3118
|
|
|
|
9A
|
11A
|
S 27°02’30.45″ W
|
86.738
|
11A
|
281,752.835
|
1,904,415.939
|
|
|
radio = 519.3851
|
long. curva = 86.8393
|
10
|
281,311.565
|
1,904,689.876
|
|
|
delta = 09°34’46.71″
|
sub. tan. = 43.5210
|
|
|
|
11A
|
11A´
|
S 30°00’45.09″ W
|
|
11A´
|
281,744.359
|
1,904,401.265
|
|
|
radio = 380.8619
|
long. curva = 16.948
|
12
|
282,078.310
|
1,904,218.146
|
|
|
delta = 02°32’58.62″
|
sub. tan. = 8.4754
|
|
|
|
11A´
|
A
|
S 69°45’05.55″ E
|
130.268
|
A
|
281,866.576
|
1,904,356.180
|
A
|
18A´
|
S 20°32’45.48″ W
|
250.000
|
18A´
|
281,778.836
|
1,904,122.083
|
18A´
|
19
|
S 69°45’05.55″ E
|
88.001
|
19
|
281,861.399
|
1,904,091.626
|
19
|
20
|
N 20°32’45.48″ E
|
713.800
|
20
|
282,111.913
|
1,904,760.021
|
20
|
21
|
S 82°48’50.47″ E
|
699.896
|
21
|
282,806.312
|
1,904,672.471
|
21
|
22
|
S 07°15’28.30″ W
|
400.498
|
22
|
282,755.715
|
1,904,275.182
|
22
|
23
|
S 82°51’08.10″ E
|
1,992.467
|
23
|
284,732.697
|
1,904,027.262
|
23
|
24
|
N 05°55’00.75″ E
|
700.048
|
24
|
284,804.862
|
1,904,723.580
|
24
|
1A
|
N 82°50’40.41″ W
|
2,827.179
|
1A
|
281,999.701
|
1,847,912.785
|
Superficie = 179-27-45.9949 has (1´792,745.9949 m2)
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CROQUIS DE UBICACIÓN – POLO DE DESARROLLO PARA EL BIENESTAR MATÍAS ROMERO AVENDAÑO
ARTÍCULO TERCERO. La superficie a que se refiere el artículo anterior cumple con los Criterios y Requisitos Generales de los Polos de Desarrollo para el Bienestar, aprobados por la Junta de Gobierno del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, como a continuación se indica:
I. Criterio de Macro Localización
La superficie del Polo de Desarrollo para el Bienestar Matías Romero Avendaño se encuentra aledaño a la vía férrea correspondiente a la línea Z, en su tramo Salina Cruz, Oaxaca Medias Aguas, Veracruz.
II. Criterio de Comunicación y Conectividad
La superficie del Polo de Desarrollo para el Bienestar Matías Romero Avendaño cuenta con una ubicación estratégica, ya que se encuentra aproximadamente a 110 metros de la Carretera Federal MEX-185, y a 113 kilómetros del Aeropuerto Nacional de Ixtepec, lo que le otorga un potencial de conectividad hacia otros mercados nacionales e internacionales.
III. Criterio Poblacional
El Polo de Desarrollo para el Bienestar Matías Romero Avendaño se ubica en el municipio de Matías Romero Avendaño, estado de Oaxaca, cuyos municipios aledaños son: San Juan Cotzocón, Santa María Chimalapa, El Barrio de la Soledad, Santa María Petapa, San Juan Guichicovi y San Juan Mazatlán, todos en la misma entidad federativa, y Jesús Carranza en el estado de Veracruz.
Conforme al Censo de Población y Vivienda 2020, la población total de los municipios mencionados en el párrafo anterior es mayor a 50,000 habitantes.
Municipio Sede y Municipios Aledaños
|
Población Censo 2020
|
Población Total Municipio Sede y Municipios Aledaños
|
Matías Romero Avendaño
|
38183
|
177743
|
San Juan Cotzocón
|
22444
|
Jesús Carranza
|
28524
|
Santa María Chimalapa
|
9578
|
El Barrio de la Soledad
|
13474
|
Santa María Petapa
|
16706
|
San Juan Guichicovi
|
29802
|
San Juan Mazatlán
|
19032
|
IV. Criterio de Consulta Indígena
El Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas mediante oficio DG/CGDI/2023/OF/190 emitió dictamen sobre la improcedencia de la consulta indígena en la superficie destinada al Polo de Desarrollo para el Bienestar Matías Romero Avendaño, decretando lo siguiente:
“[…] no es necesario implementar un proceso de consulta indígena por la afectación a las tierras de comunidad alguna con motivo del proyecto “Polo de Desarrollo Matías Romero (Donají)“
V. Criterio Educativo
En el municipio de Matías Romero Avendaño, estado de Oaxaca, y los municipios aledaños a este, se localizan las siguientes instituciones de educación:
Universidades e Instituciones de Educación Superior
Municipio
|
Institución de Educación Superior
|
Matías Romero Avendaño
|
Universidad Politécnica de Matías Romero
|
Jesús Carranza
|
Instituto Tecnológico Superior de Jesús Carranza
|
Instituciones de Educación Media Superior
Municipio
|
Institución de Educación Media Superior
|
Matías Romero Avendaño
|
Centro Núm. 81 Palomares
|
Telebachillerato Comunitario Núm. 39
|
Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios Núm. 31
|
Centro Núm. 145 Tierra Nueva
|
Centro Núm. 77 Los Ángeles
|
CECyTE EMSAD Núm. 46 “Colonia Cuauhtémoc”
|
Plantel Núm. 19 Tolosa Estación Donají
|
Centro Núm. 81 Palomares
|
Justo Sierra
|
San Juan Cotzocón
|
Centro Núm. 44 San Juan Cotzocón
|
Centro Núm. 22 Zapata
|
Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos Plantel Núm. 11 María Lombardo de Caso
|
Bachillerato Integral Comunitario de Jaltepec de Candoyoc
|
Plantel Núm. 59 El Porvenir
|
CECyTE EMSAD Núm. 70 “Santa María Puxmetacán”
|
Santa María Chimalapa
|
Centro Núm. 147 La Esmeralda
|
Bachillerato Integral Comunitario de Santa María Chimalapa
|
El Barrio de la Soledad
|
Centro Educativo Cruz Azul Campus Lagunas
|
Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos Plantel Núm. 6 El Barrio
|
Santa María Petapa
|
Plantel Núm. 05 Matías Romero
|
Centro Núm. 144 Santa María Petapa
|
“Preparatoria del Istmo”
|
Telebachillerato Comunitario Núm. 52
|
San Juan Guichicovi
|
Plantel Núm. 29 Guichicovi
|
Centro Núm. 196 Paso Real Sarabia
|
Telebachillerato Comunitario Núm. 17
|
Telebachillerato Comunitario Núm. 16
|
San Juan Mazatlán
|
Centro Núm. 183 Constitución Mexicana
|
Centro Núm. 50 San Juan Mazatlán
|
CECyTE EMSAD Núm. 33 “General Felipe Ángeles”
|
Centro de Bachillerato Tecnológico Agropecuario Núm. 251
|
Centro Núm. 232 Santiago Tutla
|
Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos Plantel Núm. 27 La Mixtequita
|
Jesús Carranza
|
Centro de Bachillerato Tecnológico Agropecuario Núm. 164
|
Hermanos Serdán
|
Telebachillerato Tecolotepec
|
Telebachillerato El Tepache
|
Telebachillerato 24 de febrero
|
Telebachillerato Chalchijapan
|
Centro de Estudios Medio Superior “Es mi Patria“
|
Telebachillerato Ricardo Flores Magón
|
Telebachillerato Niños Héroes de Chapultepec
|
Telebachillerato Suchilapan del Río
|
VI. Criterio Territorial
Para el desarrollo de las actividades productivas en el Polo de Desarrollo para el Bienestar Matías Romero son vocaciones productivas, prioritarias y potenciales las siguientes:
1. Eléctrica y electrónica.
2. Semiconductores.
3. Automotriz (electromovilidad), autopartes y equipo de transporte.
4. Dispositivos médicos.
5. Farmacéutica.
6. Agroindustria.
7. Equipo de generación y distribución de energía eléctrica (energías limpias).
8. Maquinaria y Equipo.
9. Tecnologías de la Información y la Comunicación.
10. Metales.
11. Petroquímica.
VII. Criterio de Factibilidad Industrial
La superficie destinada al Polo de Desarrollo para el Bienestar Matías Romero Avendaño se encuentra inscrita en la superficie a la cual, se autorizó otorgar la compatibilidad de uso de suelo industrial del Polo de Desarrollo para el Bienestar Matías Romero Avendaño, de conformidad con el Acta de Sesión Extraordinaria del H. Ayuntamiento del Municipio de Matías Romero Avendaño 2022-2024, celebrada el 13 de febrero de 2023.
VIII. Criterio de Sostenibilidad
La superficie destinada al Polo de Desarrollo para el Bienestar Matías Romero Avendaño se ubica fuera de la delimitación de las áreas naturales protegidas conforme al oficio número DGOR/0310/2023 de la Dirección General de Operación Regional de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.
IX. Criterio de Propiedad
El inmueble destinado al Polo de Desarrollo para el Bienestar Matías Romero Avendaño fue aportado por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales al patrimonio del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, mediante Acuerdo Administrativo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2023.
El 07 de agosto de 2023, la aportación antes referida fue protocolizada ante la fe del Notario Público número 2 de la Vigésima Primera Demarcación Notarial en el Estado de Veracruz y Notario del Patrimonio Inmobiliario Federal.
Al momento de su adquisición, el inmueble se encontró libre de gravámenes y sin adeudo alguno de servicios municipales.
TRANSITORIO
ÚNICO. La presente Declaratoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 9 de octubre de 2023.– Director General del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, Vicealmirante Raymundo Pedro Morales Ángeles.- Rúbrica.
(R.- 543237)
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