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ORGANISMOS DESCONCENTRADOS O DESCENTRALIZADOS COMISION EJECUTIVA DE ATENCION A VICTIMAS

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTES DE LA ASAMBLEA
CONSULTIVA DE LA COMISIÓN EJECUTIVA DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS

La CEAV convoca a los colectivos de víctimas, organizaciones de la sociedad civil y personas expertas del ámbito académico para participar en el proceso de selección de candidatos que serán propuestos a la Junta de Gobierno, para que ésta elija a los nueve miembros que integrarán la Asamblea Consultiva, conforme a las siguientes:

BASES

1. OBJETO

El objeto de las presentes bases es establecer la manera en que se llevará a cabo el procedimiento para la selección de los candidatos que serán propuestos a la Junta de Gobierno, para que ésta elija a los miembros que integrarán la Asamblea Consultiva de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

2. DE LA INTEGRACIÓN DE LA ASAMBLEA CONSULTIVA DE LA CEAV

De acuerdo al artículo 84 Octies de la Ley General de Víctimas, la Asamblea Consultiva de la CEAV estará integrada por nueve representantes de colectivos de víctimas, organizaciones de la sociedad civil y académicos, cuyo cargo tendrá carácter honorífico.

3. CRITERIOS DE SELECCIÓN

En términos de los párrafos cuarto y sexto del artículo 84 Octies de la Ley General de Víctimas, la presente Convocatoria para integrar la Asamblea Consultiva de la CEAV se sujetará a los criterios de selección siguientes:

a) Experiencia probada nacional o internacional, buena reputación y trayectoria destacada como representante de colectivos de víctimas, organizaciones especializadas en su atención o como persona experta en atención a víctimas y derechos humanos;

b) Representación regional;

c) Principio de paridad y enfoque diferencial, y

d) Representatividad de la diversidad de tipos de hechos victimizantes,

Con respecto al criterio de representación regional, se procurará que la configuración incluya a por lo menos tres colectivos, organizaciones de la sociedad civil o personas expertas del sector académico por cada región, atendiendo al carácter rotativo que deberá darse a la representación regional en el proceso de selección mediante el cual se renueve la primera configuración de la Asamblea Consultiva. En todo caso, no podrán elegirse integrantes de la Asamblea Consultiva que correspondan solamente a una región de las establecidas en la presente convocatoria.

Para tal efecto se considerarán las siguientes regiones:

I. Región Norte: Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Durango, Nuevo León, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Zacatecas;

II. Región Centro – Occidente: Aguascalientes, Ciudad de México, Colima, Estado de México, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Querétaro, y

III. Región Sur: Campeche, Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán.

4. DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar en el proceso de elección para integrar la Asamblea Consultiva de la CEAV, todos los colectivos de víctimas, organizaciones de la sociedad civil y personas expertas del ámbito académico. Para comprobar la calidad de participante y verificar a qué Región pertenece, deben proporcionar en copia simple la siguiente documentación:

I. Colectivos de Víctimas

a) Documentos, fotografías o reconocimientos que acrediten la calidad de colectivo de víctimas;

 

b) Escrito libre en el que se precisen los datos de la persona que representa al colectivo para formar parte de la Asamblea Consultiva de la CEAV;

c) Identificación oficial vigente del representante (credencial de elector, pasaporte o cédula profesional), y

d) Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a 3 meses del lugar donde habitualmente se reúne el colectivo.

II. Organizaciones de la Sociedad Civil

a) Acta constitutiva de la organización de la sociedad civil;

b) Escrito libre en el que se precisen los datos de la persona que representa a la organización de la sociedad civil para formar parte de la Asamblea Consultiva de la CEAV;

c) Identificación oficial vigente del representante de la organización de la sociedad civil (credencial de elector, pasaporte o cédula profesional), y

d) Comprobante de domicilio legal de la organización de la sociedad civil con vigencia no mayor a 3 meses.

III. Personas expertas del ámbito académico

a) Documentos, fotografías o reconocimientos que acrediten la calidad de académico con conocimientos especializados en las materias afines a la Ley General de Víctimas;

b) Identificación oficial vigente (credencial de elector, pasaporte o cédula profesional), y

c) Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a 3 meses.

5. DE LOS REQUISITOS

La persona que represente a un colectivo de víctimas u organización de la sociedad civil o el académico participante deberán cubrir los siguientes requisitos:

I. Ser ciudadano mexicano, en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos, y

II. No desempeñar cargo de dirección en algún partido político o asociación religiosa, y no ser servidor público en funciones de la administración pública de cualquiera de los tres órdenes de gobierno.

6. DE LA DOCUMENTACIÓN

Los participantes deberán presentar:

1. Documento que acredite su carácter como participante de conformidad con la Base 4;

2. Escrito libre en el cual exponga la razón por la que desean formar parte de la Asamblea Consultiva de la CEAV, y

3. Currículum vítae, con copia de los documentos que acrediten su contenido del que se demuestre la experiencia nacional o internacional con la que cuenten en trabajos de protección, atención, asistencia, justicia, verdad y reparación integral de víctimas; su desempeño destacado en actividades profesionales, de servicio público, sociedad civil o académicas, así como experiencia laboral, académica o de conocimientos especializados en las materias afines a la Ley General de Víctimas.

Para efectos de la presente Convocatoria, la CEAV podrá solicitar en cualquier momento la exhibición de los documentos originales o copia certificada de los mismos para su cotejo.

7. DE LA ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN

Fecha: Los colectivos de víctimas, organizaciones de la sociedad civil y las personas expertas del ámbito académico contarán con un plazo de cinco días naturales, contados a partir del día de la publicación de la presente Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación, para presentar la documentación requerida en las Bases 4 y 6.

Medio de presentación: La documentación referida en las Bases 4 y 6 de la presente convocatoria puede entregarse, vía electrónica en formato PDF, a la dirección de correo electrónico [email protected].

8. DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS

La CEAV notificará a los participantes, por medio del correo electrónico que hayan proporcionado para tal efecto, de aquellos que cumplieron con los requisitos solicitados y que quedarán contemplados en el proceso de selección que será efectuado por la Junta de Gobierno de la CEAV.

 

9. DE LA ELECCIÓN DE LAS PROPUESTAS

Las personas integrantes de la Asamblea Consultiva de la CEAV serán electas por la Junta de Gobierno en términos del artículo 84 Octies de la Ley General de Víctimas, la determinación que adopte la Junta de Gobierno será definitiva e inapelable y se publicará en la página electrónica de la CEAV.

10. DE LA RATIFICACIÓN

Las personas integrantes de la Asamblea Consultiva de la CEAV salientes podrán ser ratificadas por la Junta de Gobierno por un periodo igual de cuatro años, de conformidad con los criterios de selección establecidos en la presente convocatoria, quienes manifiesten en un escrito libre su intención de continuar en el cargo.

11. OTRAS DISPOSICIONES

La interpretación de las presentes Bases corresponde a la CEAV, así como la resolución de lo no previsto en ella.

Los datos personales recabados en el marco de las presentes Bases serán resguardados en términos de la legislación en materia de transparencia, protección de datos personales y acceso a la información pública.

La presente Convocatoria además de publicarse en el Diario Oficial de la Federación se difundirá ampliamente a través de diversos medios, a fin de garantizar la publicidad de la presente Convocatoria.

Ciudad de México a 15 de octubre de 2021, se emite la presente convocatoria en términos de lo previsto en el artículo 84 Octies tercer párrafo de la Ley General de Víctimas.

Firma por ausencia del Comisionado Ejecutivo de conformidad a lo previsto en el artículo 23 Bis y 32 del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, Directora General de Asuntos Jurídicos, Mtra. Grisel Galeano García.- Rúbrica.- Firma por ausencia del Comisionado Ejecutivo de conformidad a lo previsto en el artículo 23 Bis y 34 del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, Director General de Administración y Finanzas, Mtro. Hanzel Homero Alvizar Bañuelos.- Rúbrica.

(R.- 513957)

 





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